Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de diciembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jaén, dimanante de autos núm. 1527/2018. (PP. 3168/2019).

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NIG: 2305042120180013542.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1527/2018. Negociado: M6.

De: Caixabank, S.A.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Letrado: Sr. Manuel María Sáenz Colomo.

Contra: María Luisa Rodríguez García.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1527/2018 seguido a instancia de Caixabank, S.A., frente a María Luisa Rodríguez García se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Que estimando íntegramente como estimo la demanda debo declarar y declaro vencido el contrato firmado entre las partes el día 12 de julio de 2001, condenando a doña María Luisa Rodríguez García a que abone a Caixabank, S.A., la cantidad de 37.752,26 €, más intereses remuneratorios pactados desde el cierre de la cuenta el día 14 de octubre de 2018 hasta el dictado de esta sentencia, declarando que la parte demandante tiene derecho a ejecutar la sentencia con cargo al derecho real de hipoteca, conservando esta su preferencia y rango, con imposición de costas a la parte demandada.»

Y encontrándose dicha demandada, María Luisa Rodríguez García, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jaén, a tres de diciembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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