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La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, establece en su artículo 5.d) entre los principios rectores que han de presidir la política deportiva de los poderes públicos de Andalucía la promoción del deporte en edad escolar, atribuyendo su artículo 11.h) a la Administración de la Junta de Andalucía la competencia de ordenación, planificación y coordinación del deporte en edad escolar en Andalucía, así como el fomento de su práctica en coordinación y cooperación con las entidades locales, los centros escolares y las entidades deportivas andaluzas, con la perspectiva de la promoción de estilos de vida saludables, consagrando en su artículo 30.2 que las Consejerías competentes en materia de educación, salud y deporte promoverán la práctica de la actividad física y el deporte en edad escolar en los ámbitos participativos de iniciación, promoción y rendimiento de base, a través de planes y programas específicos.
El Decreto 6/2008, de 15 de enero, por el que se regula el deporte en edad escolar en Andalucía, dispone en su artículo 11 que el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía estará constituido por los programas de deporte en edad escolar promovidos a iniciativa de la Administración de la Junta de Andalucía, las entidades locales y las entidades deportivas andaluzas, cuya integración en el Plan se aprobará con carácter anual por orden conjunta de las Consejerías competentes en materia de educación, salud y deporte, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, previa solicitud presentada conforme a lo dispuesto en la Orden de 11 de enero de 2011, conjunta de las Consejerías de Educación, Salud y Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, y se aprueban los programas que lo integran en el curso 2010-2011, cuyo formulario que figura como Anexo III fue modificado por Resolución de 16 de enero de 2012, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte (BOJA núm. 21, de 1 de febrero), cuando dichos programas se ajusten a lo establecido en las bases de inclusión de programas de deporte en edad escolar en el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía aprobadas por Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte (BOJA núm. 62, de 29 de marzo), modificadas por su Resolución de 22 de julio de 2011 (BOJA núm. 159, de 16 de agosto).
En su virtud, tomando en consideración cuanto establece el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11.2 del Decreto 6/2008, de 15 de enero, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, conforme a lo dispuesto en la base 11.2 de la Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte, por la que se establecen las bases para la inclusión de programas de deporte en edad escolar en el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, modificada por su Resolución de 22 de julio de 2011,
DISPONEMOS
Artículo único. Objeto.
Es objeto de esta orden la aprobación de los programas de deporte en edad escolar que integran el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía en el curso 2019-2020, que figuran en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de febrero de 2020
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ | JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ |
Consejero de Educación y Deporte | Consejero de Salud y Familias |