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La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, mediante resolución de esta misma fecha, ha aprobado con carácter inicial la Modificación del Plan Especial de Ordenación de la zona de estancia y espera para embarque portuario: zona de servicio para pasajeros del Puerto de Almería (Bayana), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución, lo previsto en los artículos 32.1 y 39 de la mencionada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 6.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como por la Orden de 23 de marzo de 2012, de la entonces Consejería de Obras Públicas y Vivienda (BOJA núm. 65, de 3 de abril), por la que se acuerda la admisión a trámite de la Modificación del Plan Especial, y conforme al artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un periodo de información pública por el plazo de un mes de la Modificación del Plan Especial de Ordenación de la zona de estancia y espera para embarque portuario: zona de servicio para pasajeros del Puerto de Almería (Bayana), en el procedimiento de aprobación de la mencionada Modificación del Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Almería y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Almería, del presente acuerdo, a fin de que durante el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tercero. Durante el periodo de información pública, la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, a través de la url: https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/servicios/participacion/todos-documentos.html, así como en la sede de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la mencionada Consejería, sita en la calle Pablo Picasso, s/n, Sevilla, y en la de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería, sita en calle Hermanos Machado, núm. 4, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 23 de febrero de 2020.- La Directora General, María del Carmen Compagni Morales.
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