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En la actual situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, el sector del transporte y todos los participantes de la cadena de suministro y distribución revisten especial importancia ya que, además de ser piezas clave en cualquier economía, juegan un papel esencial en relación con el abastecimiento de productos de primera necesidad, cuyos suministros deben estar garantizados en cualquier circunstancia, máxime en la coyuntura que se atraviesa en estas fechas. Bien puede afirmarse que el transporte es un elemento estratégico en situaciones de crisis como esta, siendo de vital importancia que todos los que participan en la cadena de suministro estén concienciados en evitar la interrupción de la misma.
En estas circunstancias, la situación actual de emergencia sanitaria por la extensión del coronavirus exige del establecimiento de directrices y recomendaciones que proporcionen pautas de funcionamiento a los participantes en la cadena de transporte asegurando que puedan continuar operando conforme avanza la situación de emergencia.
El objetivo del documento de recomendaciones a que se refiere el presente Acuerdo es establecer estas pautas a fin de proporcionar la máxima seguridad a los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y a los trabajadores y profesionales del sector del transporte y de logística de mercancías por carretera, en el desarrollo de este episodio de emergencia sanitaria, mediante la adopción –de manera inmediata– de medidas de contención, prevención y control adecuadas para evitar el contagio y la propagación del virus en los lugares de carga y en el resto de la actividad.
Si bien es cierto que las medidas preventivas propuestas en este documento centran sus esfuerzos en proteger a los profesionales del sector transporte regional que prestan el servicio en cada una de las empresas dedicadas a ello, el resultado inmediato beneficia al conjunto de la ciudadanía puesto que se ayuda a controlar la propagación de la pandemia en Andalucía, debiendo tenerse en cuenta que todas las medidas propuestas se adaptan a las directrices de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía y a las marcadas por el Ministerio de Sanidad en relación con la contención del COVID-19.
El documento de recomendaciones elaborado a este respecto contiene medidas de distinta índole:
- Medidas organizativas en el entorno de la empresa mediante la sugerencia de creación de un grupo específico de trabajo que tenga como principales funciones, tanto la gestión de las distintas contingencias que se presenten en relación con la pandemia, como la comunicación y coordinación con los profesionales sanitarios ante posibles casos de contagio del coronavirus.
- Indicaciones y pautas preventivas de carácter general que han de comunicarse a la plantilla de manera inmediata.
- Recomendaciones sobre la limpieza de la cabina del conductor, de las instalaciones y las zonas de contacto, para intensificar y reforzar las labores de desinfección diaria en las empresas cargadoras, muelles, empresas de transportes, instalaciones y vehículos.
- Medidas de preparación de medios asegurando la disponibilidad de equipos y suministros especiales de limpieza, la información a los trabajadores y el seguimiento de las comunicaciones de las autoridades sanitarias.
- Y medidas de protección personal.
En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de marzo de 2020,
ACUERDA
Primero. Aprobación.
Se aprueban las Recomendaciones para la prevención del coronavirus en las empresas del sector del transporte y la logística de mercancías por carretera de la Comunidad Autónoma de Andalucía que figuran como anexo al presente acuerdo.
Segundo. Habilitación.
Se autoriza a la Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de las citadas Recomendaciones.
Sevilla, 20 de marzo de 2020
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA | |
Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio |
ANEXO
RECOMENDACIONES PARA LA PREVENCIÓN DEL CORONAVIRUS EN LAS EMPRESAS DEL SECTOR DEL TRANSPORTE Y LA LOGÍSTICA DE MERCANCÍAS POR CARRETERA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
I. Objetivo.
El sector transporte y todos los participantes de la cadena de suministro y distribución son piezas clave en cualquier economía. En el caso de productos de primera necesidad, los suministros deben estar garantizados en cualquier circunstancia, lo contrario acarrearía consecuencias catastróficas.
En la situación actual de emergencia sanitaria por la extensión del coronavirus, es necesario establecer protocolos que proporcionen a los participantes en esa cadena pautas de funcionamiento que les permitan continuar operando conforme avanza la situación de emergencia.
El objetivo de estas Recomendaciones es el de proporcionar la máxima seguridad a los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y adoptar de manera inmediata las medidas de contención, prevención y control adecuadas para proteger la salud de los trabajadores de los lugares de carga y del resto del sector del transporte de mercancías por carretera, en el desarrollo de este episodio.
El coronavirus SARS-CoV-2 es un virus nuevo, desconocido anteriormente en la patología humana, que pertenece a la familia Coronaviridae. De persona a persona se transmite por vía respiratoria a través de las gotas respiratorias de más de 5 micras, cuando el enfermo presenta sintomatología respiratoria (tos y estornudos) y por contacto con fómites. El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días.
Las medidas preventivas propuestas en estas Recomendaciones centran sus esfuerzos en proteger tanto a los profesionales del sector transporte regional que prestan el servicio en cada una de las empresas dedicadas a ello y, sobre todo para ayudar a controlar su propagación en Andalucía.
Todas las medidas a seguir propuestas en estas Recomendaciones están adaptadas a las recomendaciones que ha establecido la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía hasta la fecha (fase de contención) y las directrices que ha marcado el Ministerio de Sanidad, y que se actualizan en la web. Recordamos que es importante informarse siempre por canales oficiales.
El sector transporte es estratégico en situaciones de crisis como esta, y es importante que todos los que participan en la cadena de suministro estén concienciados para evitar la interrupción de la misma.
II. Recomendaciones para la gestión de la situación.
Se recomienda la creación de un Grupo de Trabajo Específico en el seno de la empresa que tenga como objetivo desarrollar un sistema rápido de implantación de las medidas. Téngase en cuenta que éstas puede ser actualizadas o ampliadas en función de cómo vaya evolucionando este episodio en Andalucía.
Sus principales funciones son las siguientes:
1. Gestionar todas las contingencias derivadas por la situación del coronavirus en el ámbito del transporte regional.
2. Analizar y aplicar los planes de actuación que se entiendan oportunos en función de la evolución del coronavirus.
3. Cooperar con la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, para el establecimiento y gestión de los planes de contingencia que resulten necesarios.
4. Comunicación y coordinación con los profesionales sanitarios de un posible caso de coronavirus para aplicar todas las medidas que resulten necesarias. El posible afectado se pondrá en contacto con su centro de salud que le dará las correspondientes indicaciones o llamará al 900 400 061 si es en Andalucía o también a otros teléfonos de atención si lo hace desde fuera de Comunidad Autónoma de Andalucía o de España (ver anexo).
Desde el Gobierno Autonómico prestamos toda nuestra colaboración a las empresas de transporte de Andalucía para ayudarles a garantizar la seguridad de sus empleados y colaboradores.
III. Medidas preventivas dirigidas a los profesionales.
A. Medidas informativas.
Se hace necesario que las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías sigan todas las pautas sanitarias que se proporcionen y que sirvan para proteger la salud de los trabajadores y clientes, y evitar la propagación del coronavirus en la medida de lo posible. Es importante no exigir medidas adicionales a las recomendadas por las autoridades sanitarias, para tratar de homogeneizar las exigencias y no poner en peligro las cadenas de suministro.
Los trabajadores de las empresas del sector serán informados por parte de la empresa, a través de los canales habituales de comunicación.
Se recomienda que la persona se aísle de manera preventiva en cuanto se note el menor síntoma. Si se presenta algún síntoma, dentro o fuera de la jornada laboral, se debe informar de inmediato a los responsables de cada empresa y a los servicios de salud (Centro de Salud o 900 400 061, si es en Andalucía, o también los otros teléfonos de atención del anexo, si lo hace desde fuera de Comunidad Autónoma de Andalucía o de España).
B. Indicaciones de carácter general que han de comunicarse a la plantilla de manera inmediata.
- Los profesionales podrán viajar por razones comerciales comprobadas a otros países para realizar el transporte de mercancías y regresar a sus lugares de origen.
- La carta de porte, albaranes o CMR servirán de justificante suficiente para acreditar el motivo del desplazamiento tanto dentro de la Comunidad como para salir fuera de ésta.
- Guardar una distancia preventiva mínima de 1,5 metros en cualquier contacto con otras personas (carga, descarga, estiba, acarreo, reuniones, comidas, descansos, etc.).
- Aumentar la precaución en la recogida, manipulación y entrega de mercancías en la medida de lo posible.
- Se recomienda en el intercambio de documentación en los sitios de carga y descarga que los conductores eviten el contacto físico, usen su propio bolígrafo para firmar y, de ser posible, utilicen guantes desechables.
- Siempre que sea posible los conductores no intervendrán en la carga y descarga, siendo ésta responsabilidad del centro donde cargue o descargue, debiendo mantenerse dentro de la cabina o en zonas especialmente habilitadas.
- En las cargas y descargas en los Puertos los conductores deberán permanecer el menor tiempo posible, procurando la Autoridad competente reducir los tiempos de Inspección (PIF).
- En el caso de no disponer de mascarillas, guantes o geles desinfectantes dada la dificultad de suministro por parte de los fabricantes se recomienda que les sean suministrados en los puntos de carga y descarga.
- Evitar las concentraciones y lugares públicos de más de 10 personas de procedencias diversas.
- En la medida de lo posible evitar contacto con la población local de los sitios por donde circule.
- Aplicar altos niveles de higiene personal, especialmente mediante el correcto y frecuente lavado de manos, ayuda mucho a no contagiarse.
- Los síntomas son bastante banales: tos seca, fiebre (que puede ser leve), dificultades respiratorias o malestar. Las personas que hayan tenido un contacto estrecho con un caso probable o confirmado de coronavirus deberán seguir las indicaciones de los servicios de salud, con los que han de contactar, si ocurre en España, y permanecer en cuarentena domiciliaria durante 14 días, si ocurre fuera.
La comunicación de estas medidas se debe realizar de manera inmediata independientemente del grado de severidad o afección con el que se catalogue que el coronavirus está afectando a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dispone de información actualizada de la epidemia del nuevo coronavirus en los teléfonos 900 400 061 y 955 545 060 y en la página web del Ministerio de Sanidad:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm
La información deberá divulgarse mediante los medios habituales como:
- Carteles en las empresas.
- Comunicados a los empleados y clientes.
- Imágenes y vídeos informativos en las pantallas de información de las instalaciones de las empresas.
- Mensajes en las diferentes páginas web corporativas, aplicaciones y mensajes en redes sociales.
Todos ellos elaborados en base a la información oficial sobre el episodio, y con las recomendaciones de los organismos competentes.
C. Recomendaciones sobre medidas de limpieza de la cabina del conductor, de las instalaciones y zonas de contacto.
Se reforzarán las labores de limpieza diaria en las empresas cargadoras, muelles, empresas de transporte, instalaciones y vehículos (se recomienda duplicar sobre las prácticas habituales), centrando más la atención en la desinfección de superficies y puntos comunes al tacto, así como en la eliminación de desechos. El volante es un lugar de concentración destacado.
Las empresas de transporte de mercancías deberán identificar los distintos niveles de adaptación de las medidas de prevención a las rutinas habituales, que deberán ir de menor a mayor grado de intensidad atendiendo a la evolución del coronavirus y al nivel de riesgo decretado por las autoridades sanitarias.
En este sentido, se deberá requerir a las personas y empresas encargadas de la limpieza de las empresas que extremen la precaución en desinfectar las superficies y puntos comunes al tacto, así como en retirar los desechos, todo ello en el ámbito de lo que hasta ese momento venía siendo la limpieza ordinaria.
Concretamente, se deberá centrar la desinfección en los asientos, tapicerías de las cabinas del camión, transpaletas, carretillas elevadoras, asideros, agarraderas, mandos de apertura y otros, con productos desinfectantes específicos de acuerdo con lo establecido por los responsables sanitarios, debiéndose proceder a su limpieza después de cada uso por parte de un operario diferente.
La limpieza se llevará a cabo con los productos de desinfección indicados por la autoridad sanitaria. El Ministerio de Sanidad recoge en un documento técnico las concentraciones mínimas de algunas sustancias activas que tras la aplicación durante al menos un minuto de contacto han evidenciado la inactivación del coronavirus:
- Hipoclorito sódico al 0,1%.
- Etanol al 62-71%.
- Peróxido de hidrógeno al 0,5%.
La utilización de los productos desinfectantes se realizará conforme a las instrucciones de modo de empleo, establecidas en el apartado 14 de la correspondiente Resolución de autorización de los productos biocidas empleados.
La persona encargada de la limpieza deberá protegerse con guantes y mascarilla (si está disponible). Tras realizar la limpieza se deberá realizar higiene de manos.
La frecuencia de limpieza es recomendable que se intensifique sobre las prácticas habituales. En caso de contaminación evidente por parte de pacientes sintomáticos (personas sintomáticas con tos y estornudos y que no hayan realizado las prácticas correctas de higiene) la limpieza y desinfección se debería realizar de inmediato.
Los lugares comunes como los vestuarios, salas de reuniones, oficinas, etc. deben ser limpiados con desinfectantes y equipados con pañuelos de papel.
Las rutinas de limpieza deberán adaptarse, debiendo centrar la atención en desinfectar las superficies y puntos comunes al tacto, así como la eliminación de desechos. El uso de una lejía de uso doméstico (sin detergente) diluida en agua sería válido (30 ml de lejía –al 35% ó 35 g de hipoclorito sódico– en un litro de agua) al conseguirse la concentración de hipoclorito sódico requerida. Para los lugares de trabajo, donde no es posible la limpieza entre turnos, las personas trabajadoras deben estar equipadas con los medios necesarios y ser responsables de eliminar los desechos y desinfectar las superficies como parte de la rutina.
En cualquier caso, la técnica de esta tarea se recomienda que se realice aplicando una bayeta de microfibra impregnada de la solución desinfectante sobre cada uno de los elementos descritos, de manera que queden en su totalidad bañados por la misma y sometidos a su acción biocida.
Con esta técnica de actuación se evita la vaporización o propulsión aérea en espacios cerrados, siguiendo las instrucciones de las autoridades sanitarias al respecto.
D. Medidas de preparación de medios.
Las recomendaciones sobre preparación son adecuadas para todas las empresas de transporte, independientemente del nivel de afección que enfrentan actualmente y son de adopción inmediata:
- Debe revisarse la disponibilidad de equipos y suministros esenciales de limpieza y planificar su distribución y recarga / recompra.
- La información a los trabajadores es un elemento clave de la planificación de la comunicación.
- Deben seguirse las comunicaciones relacionadas de las autoridades de salud pública responsables para mantenerse informado sobre los últimos consejos, siempre por canales oficiales.
E. Medidas de protección personal.
Como medida general, el personal debe conocer las reglas básicas requeridas de higiene personal para prevenir el contagio del coronavirus y que incluyen lavarse las manos regularmente, estornudar y toser en el codo y usar toallitas de papel desechables.
Se recomienda aumentar el lavado de manos con frecuencia y con agua y jabón o con geles hidroalcohólicos formulados para la desinfección, especialmente después de toser, estornudar o sonarse la nariz. Se recomienza toser y estornudar sobre la parte interna del codo para no contaminar las manos, evitar tocarse los ojos, nariz y boca con las manos y usar pañuelos desechables y tirarlos a la basura.
Los boletines y carteles informativos sobre las medidas preventivas deben estar disponibles y visibles en todas las instalaciones.
Estas medidas a adoptar podrán ser actualizadas y adaptadas en función de la evolución del episodio de coronavirus en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Anexo
Teléfonos de atención por el coronavirus
Por Comunidades Autónomas:
Andalucía | 900 400 061 |
Aragón | 061 y 976 696 382 |
Asturias | 112 |
Cantabria | 112 y 061 |
Castilla La Mancha | 900 122 112 |
Castilla y León | 900 222 000 |
Cataluña | 061 |
Ceuta | 900 720 692 |
C. Madrid | 900 102 112 |
C. Valenciana | 900 300 555 |
Extremadura | 112 |
Galicia | 900 400 116 |
Islas Baleares | 061 |
Canarias | 900 11 20 61 |
La Rioja | 941 29 83 33 |
Región de Murcia | 900 121 212 |
Melilla | 112 |
Navarra | 948 29 02 90 |
País Vasco | 900 20 30 50 |
Por países de Europa:
Austria | (+43) 800 555 621 |
Bélgica | (+32) 800 14689 |
Bulgaria | (+359) 2 807 87 57 |
Croacia | (+385) 91 468 30 32/ |
Chipre | (+357) 1420 |
República Checa | (+420) 724 810 106/(+420) 725 191 36 |
Dinamarca | (+45) 72 22 74 59 |
Estonia | (+372) 634 6630; 1220 |
Finlandia | (+358) 295 535 535 |
Francia | (+33) 800 130 000 |
Alemania | (+49) 30 346 465 100 |
Grecia | (+30) 210 521 2054 |
Hungría | (+36) 80 277 455/(+36) 80 277 456 |
Irlanda | (+353) 1850 24 1850 |
Italia | (+39) 1500 |
Letonia | (+371) 673 87 661 |
Lituania | (+370) 8 618 79984 |
Luxemburgo | (+352) 8002 8080 |
Malta | (+356) 213 240 86 |
Países Bajos | (+31) 800 1351 |
Polonia | (+48) 800 190 590 |
Portugal | (+351) 808 24 24 24 |
Rumania | (+40) 800 800 358 |
Eslovaquia | (+421) 917 222 682 |
Eslovenia | (+ 386) 31 646 617; 080 1404 |
Suecia | (+46) 113 13 |
Gran Bretaña | (+44) 111 |
Noruega | (+47) 815 55 015 |
Islandia | (+354) 544 4113;1700 |
Liechtenstein | (+423) 230 30 30 |
Suiza | (+41) 58 463 00 00 |
BOJA Extraordinario nº 9 de 21/03/2020