Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2020

4. Administración de justicia

Tribunales de Instancia Mercantil

Edicto de 10 de marzo de 2020, de la Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Primera, dimanante de autos núm. 1717/2014. (PD. 767/2020).

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NIG: 4109142M20140004252.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1717/2014. Negociado: 1N.

De: Isastur, S.A.U. (antes Electrónica Automatización y Montajes, S.A.).

Procuradora: Sra. Gloria Navarro Rodríguez.

Contra: Don Juan Ignacio Garrido Pérez, José María Garrido Morientes y Sierpes Renta, S.A.

Procurador: Sra. José Tristán Jiménez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1717/2014, seguido en el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección Primera), a instancia de Isastur, S.A.U. (antes Electrónica Automatización y Montajes, S.A.), contra Juan Ignacio Garrido Pérez, José María Garrido Morientes y Sierpes Renta, S.A., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 5/2020

En Sevilla, a 14 de enero de 2020.

Vistos por mí, Eduardo Gómez López, Magistrado-Juez de este Juzgado, los presentes autos seguidos bajo el número arriba indicado, se procede a dictar la presente resolución. Este procedimiento ha sido seguido entre las siguientes partes:

Parte demandante: Isastur, S.A.U.

Procuradora: Sra. doña Gloria Navarro Rodríguez.

Letrado: Sr. don Alejandro S. García García.

Parte demandada:

1. Sierpes Renta, S.A., en rebeldía procesal.

2. Don José M.ª Garrido Morientes, en rebeldía procesal.

3. Don Juan Ignacio Garrido Pérez.

Procurador: Sr. don José Tristán Jiménez.

Letrado: Sra. don Juan José Bermúdez Jiménez.

Ejercita el demandante una acción de responsabilidad de administradores societarios.

FALLO

Desestimo íntegramente la demanda formulada por Isastur, S.A., contra Sierpes Renta, S.A., José M.ª Garrido Morientes y don Juan Ignacio Garrido Pérez, a los que absuelvo de todo pronunciamiento en contra e imponiendo las costas al demandante.

Así por esta sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma no es firme, cabiendo contra ella recurso de apelación, en el plazo de 20 días.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia, en el día de su fecha, por el Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública; doy fe.

La sentencia fue aclarada por Auto de 28 de enero de 2020 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Acuerdo aclarar y complementar la Sentencia núm. 5/2020 de 14.1.2020 cuya parte dispositiva tendrá el siguiente tenor:

«Estimo íntegramente la pretensión ejercitada por Isastur, S.A., contra Sierpes Renta, S.A., a la que condeno a que pague a aquella la suma de 33.342,09 €, IVA incluido, más los intereses previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, y las costas de este procedimiento.

Desestimo íntegramente la pretensión formulada por Isastur, S.A., contra don José M.ª Garrido Morientes y don Juan Ignacio Garido Pérez, a los que absuelvo de todo pronunciamiento en contra e imponiendo las costas al demandante.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José María Garrido Morientes y Sierpes Renta, S.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a diez de marzo de dos mil veinte.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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