Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de noviembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva, dimanente de autos núm. 1160/2018. (PD. 772/2020).

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NIG: 2104142120180012546.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1160/2018. Negociado: I.

Sobre: Arrendamientos urbanos.

De: Buildingcenter, S.A.

Procuradora: Sra. Luisa María Guzmán Herrera.

Letrada: Sra. Juana Inmaculada Serrano Melero.

Contra: Ignorados ocupantes de la Avenida José Fariñas, núm. 44, 1.º A, Huelva.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1160/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva, a instancia de Buildingcenter, S.A., contra ignorados ocupantes de la Avenida José Fariñas, núm. 44, 1.º A, Huelva, sobre Arrendamientos Urbanos, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 114/2019

En la ciudad de Huelva, a 21 de marzo de 2019.

Vistos por mí, José Manuel Martínez Borrego, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Huelva, los presentes autos de juicio declarativo verbal seguidos bajo el número 1160/18, promovidos por Buildingcenter, S.A.U., representada por la Procuradora Sra. Guzmán Herrera y dirigida por la Letrada Sra. Serrano Melero, contra los ignorados ocupantes de la vivienda, sita en la Avenida José Fariñas, núm. 44, 1.º A, de Huelva, incomparecidos en las actuaciones; y

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por Buildingcenter, S.A.U., representada por la Procuradora Sra. Guzmán Herrera, contra los ignorados ocupantes de la vivienda, sita en la Avenida José Fariñas, núm. 44, 1.º A, de Huelva, incomparecidos en las actuaciones, y en su consecuencia, condeno a la parte demandada a desalojar la finca de la Avenida José Fariñas, núm. 44, 1.º A, de Huelva, apercibiéndola de que en caso contrario se procederá a su lanzamiento; con expresa condena en costas de la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y hágaseles saber que la misma no es firme y cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Ignorados ocupantes de la Avenida José Fariñas, núm. 44, 1.º A, Huelva, extiendo y firmo la presente en Huelva, a doce de noviembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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