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La Orden de 25 de abril de 2017, por la que se regula la captura de pulpo (Octopus vulgaris) con artes específicos en el caladero nacional del Golfo de Cádiz y se crea el censo de embarcaciones autorizadas para dicha actividad, prohíbe con carácter general la captura de pulpo con artes específicos al sur de la isla de Sancti Petri. No obstante, la disposición adicional segunda de la orden prevé que la Dirección General competente en materia de pesca y marisqueo pueda conceder 5 autorizaciones de carácter temporal para la captura de pulpo con nasas al sur del paralelo 36º 22,9’ N, estableciendo condiciones especiales para el desarrollo de la actividad.
La prohibición de captura de pulpo al sur de la isla de Sancti Petri se suma a la existencia de una zona militar de ejercicios de tiro situada al norte, por lo que se reduce considerablemente el espacio para el desarrollo de la actividad pesquera de los buques con puerto operativo en la zona. Así pues, considerando las especiales circunstancias que condicionan el ejercicio de la actividad en el entorno de la isla de Sancti Petri, y en aplicación de la disposición adicional segunda de la Orden de 25 de abril de 2017, por la que se regula la captura de pulpo (Octopus vulgaris) con artes específicos en el caladero nacional del Golfo de Cádiz y se crea el censo de embarcaciones autorizadas para dicha actividad,
RESUELVO
Publicar la lista de embarcaciones autorizadas para la captura de pulpo con nasas al sur de la Isla de Sancti Petri durante el año 2020, que figura como anexo de la presente resolución.
Sevilla, 19 de diciembre de 2019.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.
ANEXO
Embarcaciones autorizadas para la captura de pulpo con nasas al sur de la Isla de Sancti Petri durante el año 2020
CÓDIGO | MATRÍCULA | NOMBRE |
26626 | CA-2-4-05 | ISAMAR SEGUNDO |
27617 | CA-5-1-13 | JEDIMAR |
24248 | CA-1-2-99 | MI NIÑA SOLEDAD |
27272 | CA-5-1-09 | RIO SANCTI PETRI |
27814 | CA-5-2-17 | ALVEI MIÑORI |