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BDNS (Identif.): 505159.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Se convoca en la Comunidad autónoma Andaluza la presentación de las solicitudes de ayuda previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/596 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, de concesión de ayudas para el almacenamiento privado de carne fresca y refrigerada de bovinos de ocho meses o más y fijar el importe de la ayuda por adelantado.
Las ayudas se financiarán con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), en la partida presupuestaria 3300150000/G/71F/47010/00/B030020133.
Segundo. Beneficiarios.
1. Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas de almacenamiento privado de carne de bovino en Andalucía, los agentes económicos del sector ganadero o de la carne de bovino, afincados y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea, que pretendan llevar a cabo el almacenamiento durante alguno de los periodos establecidos en el Anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/596 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, en instalaciones ubicadas en su totalidad en Andalucía, para lo que deberán presentar la correspondiente solicitud.
2. Las ayudas se concederán únicamente para el almacenamiento de las carnes de bovino frescas o refrigeradas, perteneciente a la categoría que figuran en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/596 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, de buena calidad comercial y originaria de la Unión Europea, debiendo cumplir con las condiciones establecidas en la Sección III del Anexo VI del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238.
Tercero. Objeto.
Establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para la presentación de las solicitudes de ayuda previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/596 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, para el almacenamiento privado de carne fresca y refrigerada de bovinos de ocho meses o más y fijar el importe de la ayuda por adelantado.
Cuarto. Bases reguladoras.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado, y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1238 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, que completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a la intervención pública y la ayuda para el almacenamiento privado, establecen las normas comunes para la aplicación del régimen de ayuda al almacenamiento privado.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/596 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el 4 de mayo, que establece la concesión de ayudas para el almacenamiento privado de carne fresca y refrigerada de bovinos de ocho años meses o más y fija el importe de la ayuda por adelantado.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
El importe unitario de la ayuda, por tonelada, varía en función del periodo de almacenamiento:
- 1008 EUR/t para el periodo de almacenamiento de 90 días naturales.
- 1033 EUR/t para el periodo de almacenamiento de 120 días naturales.
- 1058 EUR/t para el periodo de almacenamiento de 150 días naturales.
Sexto. Garantías.
Por parte del agente económico será obligatorio la formalización de una garantía por cada solicitud de un importe de 100 euros por tonelada de carne solicitada.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar a partir del 7 de mayo de 2020, siendo la fecha límite para la presentación de las mismas la que fije la Comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 18.2.b) del Reglamento (UE) núm. 1308/2013.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el BOJA y en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21256/como-solicitar.html
Sevilla.- La Directora General de Ayudas Directas y Mercados, María Consolación Vera Sánchez.
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