Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Extracto de la Orden de 24 de abril de 2020, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.

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BDNS (Identif.): 505336.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el presente BOJA (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Se convocan para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican:

POSICIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN
0100010000-G/82 A/487.02
A familias e instituciones sin fines de lucro.
Asistencia Comunidades Andaluzas

Importe: 100.000 €.

Segundo. Beneficiarios.

Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera de territorio español.

Tercero. Objeto.

La finalidad prevista es mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, residentes en países extranjeros.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 18 de diciembre de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero (BOJA núm. 245, de 23 de diciembre de 2019).

Quinto. Cuantía.

La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van dirigidas las ayudas. La cuantía máxima subvencionada será de 100.00,00 euros, ampliable en los términos establecidos en la orden de convocatoria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria correspondiente al ejercicio 2020, será de veinte días hábiles (cinco días adicionales si la entidad está radicada en el extranjero), que comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el cómputo del plazo que se establece en el apartado anterior, queda suspendido y comenzará una vez que haya perdido vigencia el citado real decreto, o en su caso, las prórrogas del mismo.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente BOJA, junto con la convocatoria.

ELÍAS BENDODO BENASAYAG

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
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