Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 11/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 20 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 666/2019. (PP. 1756/2021).

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NIG: 4109142120190026458.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 666/2019. Negociado: 1T.

Sobre: Acción reivindicatoria.

De: Novit Tartessos, S.A.

Procuradora: Sra. Rosario Valpuesta Bermúdez.

Contra: Doña Mercedes Mayorga Real e ignorados ocupantes de la vivienda.

Procurador: Sr. José Tristán Jiménez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 666/2019 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla a instancia de Novit Tartessos, S.A., contra doña Mercedes Mayorga Real e ignorados ocupantes de la vivienda sita en sobre Acción reivindicatoria, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA NÚM. 103/2021

En la ciudad de Sevilla, a 15 de marzo de 2021.

Vistos por mí, don Carlos Javier García Díez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de esta ciudad, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado registrados bajo el número 666 del año 2019, a instancia de Novit Tartessos, S.A., con domicilio social en Sevilla, representada por la Procuradora Sra. Valpuesta y defendida por el Letrado Sr. Gutiérrez, contra doña Mercedes Mayorga Real, mayor de edad, cuyas demás señas de vecindad y domicilio obran en autos, representada por el Procurador Sr. Ruiz y asistida del Letrado Sr. González, así como contra los ignorados e ilegítimos poseedores del inmueble objeto de autos, en situación de rebeldía procesal, versando los presentes autos sobre acción reivindicatoria y atendiendo a los siguientes,

FALLO

Que debo desestimar y desestimo integramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Valpuesta en nombre y representación de Novit Tartessos, S.A., contra doña Mercedes Mayorga Real, así como contra los ignorados e ilegítimos poseedores del inmueble objeto de autos a quienes absuelvo de los pedimentos efectuados en su contra y ello con la pertinente condena en materia de costas para dicha demandante.

La presente resolución no es firme y cabe contra ella recurso de apelación en los veinte días siguientes a su notificación y que se interpondrá en su caso ante este Juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo, don Carlos Javier García Díez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Mercedes Mayorga Real e ignorados ocupantes de la vivienda sita en, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veinte de mayo de dos mil veintiuno.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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