Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 01/09/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 10 de agosto de 2022, por la que se convocan las ayudas por la preparación y aplicación de los planes de producción  y comercialización correspondientes a la campaña 2022, previstas en la Orden de 16 de mayo de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo  y de Pesca, 2014-2020.

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BDNS (643805, 643806).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.

Primero. Se convoca en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva la siguiente línea de ayudas, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican.

Línea de ayudas que se convoca y período de elegibilidad:

Línea 1. Preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros y, en su caso, de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros.

Las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrán solicitar las ayudas por los gastos realizados en la preparación y aplicación de su plan de producción y comercialización aprobado para la campaña 2022.

También podrán solicitar anticipos de hasta un 50% de la ayuda concedida por resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, correspondientes a los planes de producción y comercialización para la campaña 2022.

Línea de ayuda Entidades beneficiarias Partida presupuestaria Cuantía
máxima (euros)
Cuantía
máxima (euros)
AÑO 2022 AÑO 2023
1.Preparación y aplicación de los Planes de producción y comercialización (*) Entidades privadas 1300120000/G/71P/77300/00/G1353511G6/2016000349 606.414,04
Entidades sin
ánimo de lucro
1300120000/G/71P/78300/00/G1353511G6/2016000717 1.285.959,29 616.000,00
TOTAL 1.892.373,33 616.000,00

(*) En esta línea de ayuda, las distintas partidas presupuestarias tienen carácter de vinculante, por lo que en el caso de que una de ellas agotara el crédito, podría ser compensada por la otra.

En esta línea de ayudas se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40.bis del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de Andalucía, aprobado por Decreto legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional máxima de hasta 520.075,32 euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad de Autónoma de Andalucía, de conformidad con el Reglamento (CE) núm. 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, e inscritas en el Registro General de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.

Tercero. Objeto

La finalidad de estas ayudas es la de contribuir al logro de los objetivos específicos recogidos en el artículo 6.5 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), a través de la realización de actuaciones relacionadas con la comercialización y la transformación por parte de las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 16 de mayo de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, 2014-2020, publicada en BOJA núm 96, de 21 de mayo de 2020.

Quinto. Cuantía.

La dotación de la línea de ayuda se hace en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estará a disposición de las organizaciones solicitantes en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/8938.html

Sevilla.

Vicente Pérez García de Prado, Viceconsejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.

Por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019).

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