Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 25/02/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 389/2022).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00255914.

Expediente: AT-14130/20.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 15 de enero de 2020, tuvo entrada en la Delegación del Gobierno en Cádiz escrito presentado por don Antonio Manuel López Magdaleno, en representación de la sociedad Hermod Solar, S.L., con domicilio a efecto de notificaciones en Pológono Industrial Las Quemadas, C/ Gabriel Ramos Bejarano, Córdoba, solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica «PSFV HERMOD», en el término municipal de Jerez de la Frontera, de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo. De conformidad con el artículo 125 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como del artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente en el BOP de Cádiz núm. 123, de 30.6.2021 y BOJA número 116 de 18.6.2021.

En fecha 27.7.21, se recibieron alegaciones presentadas por don José Miguel Ferrer Rodríguez, en representación de la entidad Guita Solar Energy, S.L., provista de  CIF 40533754, y Malabrigo Solar, S.L., siendo estas alegaciones remitidas al solicitante en fecha 2.9.21, recibiendose en esta Delegación en fecha 15.9.21, escrito de Hermod Solar, S.L., en el que se analiza y se dá respuesta a las mismas, con el resultado que consta en el expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3.º, de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de  31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Energía,

RESUELVE

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, a Hermod Solar, S.L., para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Peticionario: Hermod Solar, S.L.

Domicilio: C/ Juan Olivert, núm 9. (Pol. Aeronáutico Aerópolis). C.P. 41300.  La Rinconada (Sevilla).

Emplazamiento de la instalación: Polígono 71, Parcelas 107, 75, 25, 58, 59, 60, 14, 61, 105, 29, 104, 15, 51, 131 y 9010.

Término municipal afectado: Jerez de la Frontera (Cádiz).

Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.

Características fundamentales:

Planta Solar «HERMOD» (AT-14130/20).

Generador Fotovoltaico:

- Estructuras soporte de los módulos con seguidor instaladas con el eje de giro en dirección norte-sur con movimiento de giro en dirección este-oeste.

- Instalación de 109.902 módulos, de los cuales 108.820 módulos tienen una potencia de 455 Wp y 1.082 módulos de 450 Wp, encargados de convertir la luz solar en electricidad.

Centros de Potencia:

- Se instalan en la planta 12 estaciones de potencia. Estas se componen de un conjunto inversor/transformador de instalación exterior (outdoor).

- 10 inversores de 3.550 kW y 2 de 2.365 kW. Estos inversores se encuentran limitados de fábrica respecto a su potencia máxima de salida con el fin de no superar la potencia máxima de instalación a nivel de inversor (potencia nominal) de 40,11 MWn. La potencia del transformador asociado dependerá del inversor seleccionado y será de 2.400 kVA, para las estaciones de potencia con inversores de 2.365 kW y de 3.550 kVA para las estaciones de potencia con inversores de 3.550 kW.

Red de Media Tensión:

- 4 Circuitos subterráneos de Media Tensión con conductor RHZ1-OL H16 de aluminio con aislamiento XLPE 18/30 kV que unen los Centros de Potencia con el Centro de Seccionamiento.

Centro de Seccionamiento:

- 1 Celda de protección.

- 4 Celdas de Línea.

- 1 Celda de SSAA.

- 1 Transformador de SSAA de 160 kVA y relación 30/0,4 kV.

Línea Subterránea 30kV Centro Seccionamiento-Subestación de evacuación.

Origen: Centro Seccionamiento.

Final: Posición de Transformación 1x150MVA 132/30kV en SE ARCOS I.

Longitud: 13,36 km.

Características generales: Subterráneo.

Tipo de cable: 630 mm² RHZ1-OL H16 de aluminio con aislamiento XLPE 18/30 kV.

Número de circuitos: 1.

Número de conductores/fase: 3.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto pre­sentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a par­tir de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la ter­minación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecu­ción del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecu­ción, el cumplimiento de los condicionados que han sido esta­blecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la insta­lación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el Informe de la Secretaría General de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada presentada por Hermod Solar, S.L., con CIF B-90351602, para el proyecto de instalación fotovoltaica de 50 MWP «HERMOD» e infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz) (Expediente: AAU/CA/008/20), de fecha 26.1.2022, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

6. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

7. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

8. La Administración dejará sin efecto la presente resolu­ción en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

9. En tales supuestos la administración, previo el oportuno ex­pediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

10. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

11. Previo a la solicitud de la autorización de explotación de las instalaciones objeto de esta resolución, todas las infraestructuras necesarias para la evacuación de la energía eléctrica generada hasta el punto de conexión previsto deberán disponer de la correspondiente autorización administrativa de explotación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 15 de febrero de 2022.- La Delegada del Gobierno, Ana Mestre García.

Descargar PDF