Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita, en los términos municipales de Cacín-El Turro, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada. (PP. 838/2023).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00278239.
Expte. núm. E-4644 / 14114-AT.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 25 de noviembre de 2020 se recibe en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, solicitud de autorización administrativa previa por parte de la empresa Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 27, S.L.U., con CIF B88171459, para la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada Granada Solar 167 e infraestructura de evacuación de energía, en los términos municipales de Cacín-El Turro, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada. Posteriormente, en fecha de 12 de agosto de 2021 se ha registrado la ampliación de la solicitud a la autorización administrativa de construcción.
Junto a su solicitud, el peticionario aporta, entre otros, acreditación de la capacidad legal, técnica y económica-financiera, proyectos de la instalaciones, permiso de acceso y conexión a red de distribución, y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por las instalaciones, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.
Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOP núm. 243, de 22 de diciembre de 2021, en el BOJA núm. 244, de 22 de diciembre de 2021, así como tablones de edictos de los Ayuntamientos de Cacín-El Turro, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe, así como y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía para que, en el plazo de treinta días, se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.
Tercero. Durante los plazos de información pública se ha recibido alegaciones por parte de la Asociación «Ecologistas en Acción Granada-Costa».
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamientos de Cacín-El Turro, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe, Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.L., Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico-Sv. de Bienes Culturales, Diputación Provincial de Granada-Servicio de Carreteras, E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental (Servicio de Conservación y Explotación), Red Eléctrica de España, S.A. y Telefónica de España, S.A.U.
Las contestaciones fueron enviadas al peticionario, habiendo este mostrado su conformidad con las contestaciones recibidas. Trascurridos treinta días, las entidades que no hubieron contestado, se entiende que no tienen objeción o condición que formular.
Quinto. En fecha 9 de diciembre de 2021, esta Delegación solicitó a la Entidad Autónoma El Turro-Cacín y los Ayuntamientos de Cacín, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe, para que en el plazo de un mes, emitieran Informe de Compatibilidad Urbanística a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. De estas corporaciones locales informan desde el punto de vista urbanístico la Entidad Autónoma El Turro-Cacín (21 de diciembre de 2021), Chimeneas (4 de febrero de 2022), Atarfe (30 de diciembre de 2021) e Íllora (9 de febrero de 2022).
Sexto. En fecha 11 de enero de 2023 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante, de la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 9 de enero de 2023, con número expediente AAU/GR/054/20, de autorización ambiental unificada a Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 28, S.L., Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 26 S.L., y Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 27 S.L., para los proyectos de Plantas Solares Fotovoltaicas «Granada Solar 165», «Granada Solar 166» y «Granada Solar 167», incluyendo este último las siguientes infraestructuras de evacuación comunes: una Subestación Elevadora «El Turro-Cacín» y línea aérea-soterrada de evacuación, en los tt.mm. de Cacín, El Turro-Cacín, Alhama de Granada, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe en la provincia de Granada, y se emite evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones contempladas en los proyectos de Plantas Solares Fotovoltaicas «Granada Solar 165», «Granada Solar 166» y «Granada Solar 167», incluyendo este último, las siguientes infraestructuras de evacuación comunes: una Subestación Elevadora «El Turro» y Línea aérea-soterrada de evacuación, en los tt.mm. de Cacín, El Turro, Alhama de Granada, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe (Granada), condicionada a la ejecución de las modificaciones señaladas por el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y la Oficina de Ordenación del Territorio de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es competente para dictar la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulada en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía en Granada,
RESUELVE
Primero. Conceder la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:
Peticionario: Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 27, S.L., con CIF B88171459, con domicilio a efecto de notificaciones en calle Velázquez 4, piso 1, C.P. 28001 Madrid.
Objeto de la petición: Autorización administrativa previa de la instalación denominada «Planta Solar Fotovoltaica “Granada Solar 167”, Subestación 30/220 kV “Turro” y línea aéreo-subterránea 220 kV S/C “Turro-Entronque”», en los términos municipales de Cacín-El Turro, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe (Granada).
Características: La planta solar fotovoltaica «Granada Solar 167» se localiza en el término municipal de Cacín-El Turro, la subestación 30/220 kV «Turro» se ubica en el t.m. de Cacín, y la línea de alta tensión 220 kV aéreo soterrada discurre por los los tt.mm. Cacín, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe (Granada). La planta dispone de una potencia de 26 MW nominales y 32,5 MW pico, y está formada por 50.700 módulos de potencia unitaria 650 Wp o similar, instalados sobre seguidores de un eje monofila, 143 inversores con una potencia unitaria de 200 kVA o similar, que alimentarán a 12 centros de transformación de potencia unitaria 3.000 kVA, que elevarán la tensión de 800 V a 30 kV. Los transformadores se agruparán en líneas de 30 kV que conectarán la PSF Granada Solar 167 con la subestación elevadora particular, que posteriormente elevará la tensión a 220 kV.
La potencia nominal de la planta en el punto de acceso es de 26 MW en la Subestación Atarfe 220 kV, por lo que la planta contará con elemento limitador a la potencia con permiso de evacuación.
La infraestructura de evacuación consiste en una subestación elevadora particular de 90 MVA, 30/220 kV, ubicada en las parcelas de la planta solar PSF Granada Solar 167, y una línea aéreo-subterránea de 220 kV en simple circuito que conectará con una subestación seccionadora de nudo a desarrollar.
La subestación, de relación de transformación 30/220 kV, está localizada en el t.m. de Cacín, y será común para tres plantas fotovoltaicas (Granada Solar 165, Granada Solar 166 y Granada Solar 167).
La línea eléctrica de alta tensión 220 kV estará compuesta de tramos aéreos y tramos soterrados, evacuando la energía producida de los Parques Solares Fotovoltaicos Granada Solar 165, 166 y 167, desde La Subestación «El Turro» hasta Subestación Centro de Seccionamiento Promotores Atarfe, quedando esta última instalación excluida del ámbito de esta resolución. La longitud de la línea en su tramo aéreo será 31.295,26 metros, o similar, y en su tramo subterráneo 2.998,29 metros o similar, para un total de 34.293,55 metros o similar.
Según proyectos presentados y condicionados a las determinaciones del informe vinculante emitido por el órgano ambiental de fecha 9.1.2023 y núm. de expediente AAU/GR/054/20.
Presupuesto: 19.068.302,19 euros.
Finalidad: Producción de energía solar fotovoltaica.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (Autorización ambiental unificada núm. Expte.: AAU/GR/054/20), de fecha 9.1.2023, quedan incorporadas a esta resolución, por la que se otorga la autorización administrativa previa al proyecto de Planta Solar Fotovoltaica Granada Solar 167 e infraestructuras de evacuación de energía, en los términos municipales de Cacín-El Turro, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada. El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Tercero. El promotor de la actuación deberá solicitar, en el plazo de tres meses, desde la fecha de otorgamiento de la presente resolución, la aprobación del proyecto de ejecución, presentando un proyecto constructivo adaptado a las determinaciones del informe vinculante emitido por el órgano ambiental de fecha 9.1.2023 y núm. expediente AAU/GR/054/20, resto de documentación reglamentaria y justificante de abono de las tasas correspondientes. Si transcurrido dicho plazo no se ha solicitado la aprobación del proyecto de ejecución se producirá la caducidad de la presente resolución, previa instrucción del correspondiente expediente. El peticionario podrá solicitar, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.
Cuarto. Esta resolución se notificará al peticionario, interesados, y se publicará además en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Política Industrial y Energía, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Granada, 13 de febrero de 2023.- La Dirección General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.
Descargar PDFBOJA nº 42 de 03/03/2023