Resolución de 18 de junio de 2024, de la Viceconsejería, por la que se somete a información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
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El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.
Con fecha 17 de junio de 2024, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, inicia la tramitación del expediente administrativo relativo al Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
El Proyecto de Orden tiene por objeto la modificación de la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, para incorporar tres nuevos cuadros resumen, con las particularidades, especificaciones y concreciones que presenta la intervención 6961.1 Establecimiento de jóvenes agricultores. La Intervención 7132 relativa a la Cooperación para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad y la Intervención 7161 sobre la Cooperación de grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, recogidas en los artículos 75 y 77 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, relativo a la ayuda a los planes estratégico nacionales en el marco de la PAC, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.
El Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone en su artículo 5.1 que «el procedimiento de elaboración de las normas que se adopten en el marco de la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como por cualquier actividad de la Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos, tendrá el carácter de urgente».
La disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, amplía para el ejercicio 2024, el ámbito de aplicación de las medidas de agilización en los procedimientos de programación, presupuestación, gestión, ejecución y control establecidas en el Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, a las actuaciones que se financien a través de los fondos europeos del periodo de programación 2021-2027, en los términos de su artículo 2.2.
Dicho carácter de urgente, implicará, tal y como dispone el punto 2.b) del artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de la Ley del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que «no será preciso el trámite de consulta pública previo, sin perjuicio de la realización de los trámites de audiencia pública o de información pública cuyo plazo de realización será de siete días hábiles».
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las intervenciones de desarrollo rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, durante un plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Durante dicho plazo, el texto del Proyecto de Orden quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/514882.html
La documentación del procedimiento de elaboración de la disposición se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
b) En formato papel, en la sede de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que deseen formular al Proyecto de Orden deberán dirigirse a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Intervención 6961.1), y a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria (Intervenciones 7132 y 7161) de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar por:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos deberán presentar sus escritos en las siguientes direcciones electrónicas:
- En relación con la Intervención 6961.1 Establecimiento de jóvenes agricultores:
dgpag.capadr@juntadeandalucia.es
- En relación con la Intervención 7132 Cooperación para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad: dgiica.capadr@juntadeandalucia.es
- En relación con la Intervención 7161 Cooperación de grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola: dgiica.capadr@juntadeandalucia.es
Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único ubicado en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sevilla, 18 de junio de 2024.- La Viceconsejera, María Consolación Vera Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 120 de 21/06/2024