Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/06/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 6 de junio de 2024, por la que se convocan, para el año 2024, las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la ejecución de programas nacionales veterinarios por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, en régimen de concurrencia no competitiva.

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BDNS (Identif.): 766810.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea Cuantía Máxima (euros) Posiciones presupuestarias
Ayudas dirigidas a la ejecución de Programas Nacionales Veterinarios, que cuentan con financiación comunitaria, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera. 350.000,00 1400130000 G/71B/78200/00 CP32050201 2023000204
100.000,00 1400010000 G/71B/78204/00 2007000656
Total Cuantía Máxima: 450.000,00 euros

Segundo. Personas beneficiarias.

Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante ADSG) que estén oficialmente reconocidas e inscritas en el Registro Único de Ganadería de Andalucía, así como en el Registro Nacional de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera.

Tercero. Objeto.

Compensar los costes de ejecución, a través de las ADSG, de determinadas medidas recogidas en los Programas Veterinarios Nacionales de erradicación, control o vigilancia de enfermedades presentados por la autoridad competente de la Administración General del Estado y aprobados por la Comisión Europea, que cuenten con financiación comunitaria, en el periodo que comprende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la ejecución de programas nacionales veterinarios por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 56, de 20 de marzo de 2024).

Quinto. Importe.

1. La dotación presupuestaria de la línea de subvención se hace en el apartado primero del presente extracto.

2. Los conceptos e importes máximos subvencionables son los siguientes:

Para cada programa serán subvencionables los siguientes gastos:

a) Programa de Vigilancia y Control de Serotipos de Salmonella de Importancia para la Salud Pública en Explotaciones Avícolas:

Serán subvencionables los gastos de adquisición de vacunas frente a la Salmonella para vacunaciones en el marco del Programa Nacional, hasta un máximo de 0,05 euros por vacuna aplicada.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25371

Sevilla, 17 de junio de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la persona titular de la Consejería (Orden de 21.11.2022), P.S. (Decreto del Presidente 5/2024, de 2.5, BOJA extraordinario núm. 4, de 3.5.2024), Consolación Vera Sánchez.

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