Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución y publicación de la resolución de concesión de la Séptima Edición de los «Premios a la Artesanía de Andalucía», correspondiente al año 2024.
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Mediante Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio (BOJA núm 41, de 27 de febrero de 2024), se convoca la Séptima Edición de los «Premios a la Artesanía de Andalucía», correspondiente al año 2024, al amparo de lo previsto en el artículo 6.1 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los «Premios a la Artesanía de Andalucía» y se convoca su Primera Edición.
El artículo 15 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, establece que el plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión será de cuatro meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere dictado y publicado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
Por otra parte, el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del artículo 21, que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, acuerde de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
A la vista de la fase en que se encuentra el procedimiento de concesión, como consecuencia del número de solicitudes formuladas, de la necesidad de solicitar aclaraciones e información complementaria a las mismas, así como de la proximidad del vencimiento del plazo máximo de resolución, habiéndose habilitado todos los medios materiales y personales disponibles al efecto con el objeto de cumplir el plazo de cuatro meses recogido en el artículo 15 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, se hace necesaria la ampliación del plazo de resolución y publicación.
En virtud de lo anterior, atendiendo a la propuesta del órgano instructor, en aplicación del artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 14.2 de la Orden de 26 de diciembre de 2017,
RESUELVO
Primero. Acordar la ampliación del plazo para resolver y publicar la resolución de concesión de la Séptima Edición de los Premios a la Artesanía de Andalucía, correspondiente al año 2024, por un plazo de un mes, a contar desde la finalización del plazo establecido en el artículo 15 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, finalizando el 27 de julio de 2024.
Segundo. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de junio de 2024.- La Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
Descargar PDFBOJA nº 124 de 27/06/2024