Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se autoriza la apertura del caladero de coquina (Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2024-2025.
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El marisqueo de coquina se encuentra regulado en la Orden de 20 de julio de 2023, por la que se establece un Plan de Gestión para la especie Coquina (Donax trunculus) en el Golfo de Cádiz a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible. Se trata de una actividad extractiva de gran importancia socioeconómica en el ámbito de las provincias del oeste de Andalucía, Huelva, Cádiz y Sevilla.
La especie objetivo de las personas mariscadoras a pie, que suponen el 90% de los empleos ocupados en esta actividad, es la coquina (Donax trunculus), que se localiza especialmente a lo largo de la costa onubense, destacando las playas de Doñana o Isla Canela como principales zonas de producción.
Actualmente existen 206 personas en la provincia de Huelva dedicados al marisqueo a pie de coquina (Donax trunculus) en el Golfo de Cádiz, concretamente en la provincia de Huelva, 6 de ellas son mujeres, las cuales pertenecen a las provincias de Huelva, Sevilla y Cádiz.
La coquina (Donax trunculus) es un molusco bivalvo que se captura en aguas del litoral del Golfo de Cádiz fundamentalmente por personas mariscadoras a pie, las cuales, dada su limitada capacidad extractiva y que se dedican exclusivamente a la recolección de esta especie, se ven muy afectados económicamente por los episodios de cierre que afectan de forma periódica a las zonas de producción de moluscos, aún más cuando en los meses iniciales de la campaña han sido de rendimientos bajos.
Pero esta especie es capturada en el Golfo de Cádiz también mediante el uso de embarcaciones de rastro remolcado, cuyo rendimiento y tara de captura son mucho mayores, faenando en zonas inaccesibles para las personas mariscadoras a pie, pudiendo capturar ejemplares de mayor tamaño y tasa de reproducción (reproductores), por lo cual se estableció en la campaña 2023-2024, la prohibición de marisqueo desde embarcación para la especie coquina (Donax trunculus) en el Golfo de Cádiz.
La coquina (Donax trunculus) es una especie de vida corta y crecimiento rápido que, al igual que otras muchas especies de características similares, depende de las fluctuaciones de las variables ambientales, así como del nivel de presión pesquera que se ejerza. Entre los principales indicadores y criterios que se utilizan para valorar el estado de un recurso pesquero están la evolución de los rendimientos pesqueros y la dinámica poblacional de la especie.
El periodo de puesta de esta especie tiene lugar en primavera, con un periodo de emisión de gametos situado entre los meses de marzo y la primera quincena de julio, y dicho periodo reproductivo está estrechamente ligado a las variables ambientales.
Habiendo dado el comienzo de la veda por parada biológica con fecha 1 de mayo de 2024 y una vez concluya éste el 30 de junio, conforme a la Orden de 20 de julio de 2023, por la que se establece un Plan de Gestión para la especie Coquina (Donax trunculus) en el Golfo de Cádiz, y a la vista de los informes de seguimiento del recurso, se considera oportuno abrir de nuevo el marisqueo en el caladero del Golfo de Cádiz, manteniendo las medidas técnicas adoptadas en la campaña anterior.
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de acuerdo con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 20 de julio de 2023, y atendiendo las peticiones y consideraciones del sector marisquero tras las reuniones mantenidas,
RESUELVO
Primero. Autorizar exclusivamente el marisqueo a pie de coquina en las zonas de producción de la provincia de Huelva en el caladero del Golfo de Cádiz desde el día 1 de julio de 2024, comenzando la campaña de marisqueo de coquina 2024-2025, sin perjuicio de la situación legal de las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos declaradas, la cual se puede consultar en la siguiente dirección electrónica dentro de la web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/pesca-acuicultura/zonas-produccion-marisqueo.html
Segundo. El ejercicio del marisqueo a pie para la captura de coquina solo estará permitido durante una marea al día en horario diurno, ajustándose al diario de mareas publicado por Puertos del Estado, del Ministerio de Fomento en la siguiente dirección electrónica:
https://www.puertos.es/es-es/oceanografia/AccesoSimplificado/paginas/tablas.aspx
Concretamente, será obligatorio realizar el marisqueo durante la primera marea a partir del alba de cada día.
Tercero. Para todas las demás condiciones para la realización del marisqueo a pie de coquina en el Golfo de Cádiz, habrá que atenerse a las condiciones establecidas en la Orden de 20 de julio de 2023, por la que se establece un Plan de Gestión para la especie Coquina (Donax trunculus) en el Golfo de Cádiz a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible.
Cuarto. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución será sancionado de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
Quinto. La presente resolución surtirá efectos a partir de las 00:00 h del día 1 de julio de 2024.
Sevilla, 25 de junio de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.
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