Extracto de la Orden de 16 de julio de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
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BDNS (Identif): 775482.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan dentro de la operación 4.1.1, las ayudas para las «inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias)» y dentro de la operación 4.1.2, las ayudas para las «inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones de olivar», en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, en la cuantía máxima de 100.000.000 de euros.
Las partidas presupuestarias de la anualidad 2025 a la que se imputarán las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las ayudas, serán la siguientes:
ANUALIDAD | SUBMEDIDA | OPERACIÓN | IMPORTE | PARTIDA PRESUPUESTARIA |
---|---|---|---|---|
2025 | 4.1 | 4.1.1 | 33.500.000,00 | 1400110000 G/71B/77700/00 C12A0411G1 2016000579 |
2025 | 4.1 | 4.1.1 | 16.500.000,00 | 1400110000 G/71B/77700/00 C15B0411G1 2024001215 |
2025 | 4.1 | 4.1.2 | 33.500.000,00 | 1400110000 G/71B/77700/00 C12A0412GO 2016000437 |
2025 | 4.1 | 4.1.2 | 16.500.000,00 | 1400110000 G/71B/77700/00 C15B0412G1 2024001216 |
Segundo. Personas beneficiarias.
Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias (operación 4.1.1), a través de inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias), podrán ser beneficiarios los agricultores con personalidad física o jurídica, incluidos jóvenes agricultores solicitantes de la submedida 6.1, agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las inversiones que realicen no relacionadas con la producción de olivar.
Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global en explotaciones de olivar (operación 4.1.2), a través de inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones agrarias de olivar, podrán ser beneficiarios los agricultores con personalidad física o jurídica, incluidos jóvenes agricultores solicitantes de la submedida 6.1, agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las inversiones que realicen relacionadas con la producción de olivar.
Tercero. Objeto.
Mediante las ayudas definidas en la operación 4.1.1 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias», se apoyarán aquellas iniciativas que contemplen inversiones en activos físicos, materiales o inmateriales, no relacionadas con la producción de olivar, dirigidas a modernizar y/o mejorar el rendimiento económico de las explotaciones agrarias ubicadas en Andalucía, o que contribuyan al uso más eficiente de la energía y de los recursos naturales disponibles, para las que exista un coste de referencia en el Anexo V de la orden de convocatoria.
Mediante las ayudas definidas en la operación 4.1.2 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias de olivar», se apoyarán aquellas iniciativas que contemplen inversiones en activos físicos, materiales o inmateriales, dirigidas a modernizar y/o mejorar el rendimiento económico de las explotaciones agrícolas de olivar ubicadas en Andalucía, o que contribuyan al uso más eficiente de la energía y de los recursos naturales disponibles, para las que exista un coste de referencia en el Anexo V de la orden de convocatoria.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1) (BOJA núm. 190, de 30 de septiembre 2020).
Quinto. Cuantía.
Para la operación 4.1.1, la inversión máxima auxiliable por explotación será de 150.000 euros. Cuando las inversiones se dirijan a la modernización de una explotación de vacuno de leche o en el caso de inversiones colectivas promovidas por agrupaciones de agricultores en el sector del ovino de carne, la cuantía máxima será de 350.000 euros.
Para la operación 4.1.2, la inversión máxima auxiliable por explotación será de 120.000 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No obstante, el mes de agosto será inhábil, a los efectos del cómputo de los plazos establecidos para el cumplimiento de los trámites previstos en la Orden de 24 de septiembre de 2020. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/22097
Sevilla, 17 de julio de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la persona titular de la Consejería (Orden de 21.11.2022), P.S. (Decreto del Presidente 5/2024, de 2.5, BOJA ext. núm. 4, de 3 de mayo de 2024), Consolación Vera Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 143 de 24/07/2024