Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 06/08/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Cámara de Cuentas de Andalucía

Acuerdo de 24 de junio de 2024, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se acuerda la convocatoria de pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios (Documentación) de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

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De acuerdo con lo previsto en el Acuerdo del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 19 de noviembre de 2021, de aprobación de la Oferta de Empleo Público de esta institución para el año 2021, y en virtud de lo establecido en los artículos 20 b) de la Ley 1/1988, de 17 de marzo de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y 19 e) del Reglamento de Organización y funcionamiento de esta Institución, se acuerda la convocatoria de pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios: Documentación de esta institución, de acuerdo con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo de promoción interna para cubrir una plaza del Cuerpo de Titulados Medios: Documentación de esta institución, a fin de que sea ocupada por quienes tengan la condición de personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y cumplan con los requisitos establecidos en la base segunda.

1.2. A la presente prueba selectiva le será aplicable el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía; el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; el Reglamento General de Ingreso, Promoción interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, la Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de la institución de 19 de noviembre de 2021, aprobando la Oferta de Empleo Público para el año 2021, y las bases de la presente convocatoria

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las pruebas y puntuaciones que se especifican en la base sexta y anexos correspondientes.

1.4. El temario sobre los que versarán los ejercicios de la fase de oposición será el que se especifica en el Anexo V de la presente resolución.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Las personas interesadas en participar en las pruebas selectivas deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo de Administrativos de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

2.1.2. Tener una antigüedad como personal funcionario de carrera de al menos dos años en el Cuerpo del subgrupo C1 al que se pertenezca y desde el que se accede. A estos efectos, los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas, en Cuerpos o Escalas del mismo Subgrupo de titulación desde el que se promociona, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas

2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado u otro título equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no se aplicará a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y Especialidad a que se aspira.

2.1.5. No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo y Especialidad convocado.

2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 1 de la base séptima, y haber abonado la correspondiente tasa de 29,49€, conforme a lo establecido en el apartado 6 de la base tercera de esta convocatoria.

Tercera. Solicitudes, plazo de presentación y tasas.

3.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo I de esta convocatoria.

3.2. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes al Excmo. Sr. Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a través de la sede electrónica https://ccuentas.sedelectronica.es dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios de la oposición, manifestándolo en el apartado «Adaptación que se solicita» de su solicitud.

El Tribunal calificador examinará y valorará las adaptaciones solicitadas resolviendo lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas deberán incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.

La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página web.

3.4. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el apartado Tercero del Acuerdo de 10 de marzo de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se establece la obligación de cualquier persona física de relacionarse con esta institución a través de medios electrónicos para determinados procedimientos, y la obligación para el personal a su servicio para los trámites y actuaciones que realicen por razón de su condición de empleado público.

3.5. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, conforme a lo establecido en la presente base de esta convocatoria.

b) Autobaremo de méritos.

Los méritos se relacionan en el modelo del Anexo II de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental) del Anexo III de la presente, por aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Los méritos a valorar por el Tribunal Calificador serán, exclusivamente, los alegados durante el plazo de presentación de solicitudes, y acreditados documentalmente en los términos previstos en la base 6 de esta convocatoria.

3.6. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a entidades de Derecho Público, quienes deseen participar deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 29,49 € cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.

Tal cantidad deberá abonarse a la Cámara de Cuentas de Andalucía en la cuenta de la Caixa cuyos datos aparecen a continuación: IBAN ES97, Entidad: 2100, Sucursal: 9166, D.C.: 73, núm. C/C: 2200088751. El ingreso se hará, bien directamente en cualquiera de las sucursales de «La Caixa», bien por transferencia bancaria. Los gastos de la transferencia bancaria correrán por cuenta de la persona que la realiza.

El ingreso se efectuará previamente a la presentación de la solicitud de participación, con la acreditación de tal circunstancia en el momento de su presentación en los registros que en cada caso se utilicen. La acreditación se realizará aportando copia del justificante de ingreso o transferencia efectuado en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante deberá, necesariamente, constar nombre, apellidos y DNI de la persona aspirante.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante.

Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación a la realización del ejercicio en que consiste la oposición no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

En virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, no tendrán que hacer efectiva la tasa de inscripción quienes acrediten su condición de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento, mediante original o copia compulsada del certificado que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas, que entregarán junto con su solicitud.

3.7. Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el formulario de participación, sin que puedan efectuar modificación alguna en el mismo una vez finalizado el plazo de presentación recogido en la presente base, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de plazo, en cuyo caso el anterior quedará sin efecto.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas certificadas se expondrán en la página web www. ccuentas.es.

4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas dictará resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en la página web www. ccuentas.es.

Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.

4.4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quinta. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver cada oposición es la que figura en el Anexo IV.

Corresponde al Tribunal la calificación y el desarrollo del proceso selectivo, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

Asimismo, corresponderá al Tribunal adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

5.2. La pertenencia al Tribunal calificador será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte del mismo aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.

Las personas que formen parte de un Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas, cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia del Tribunal deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el mencionado artículo.

Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.3. Por resolución de la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas, se podrá nombrar personal funcionario que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los ejercicios que le atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicha Comisión de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que ésta le curse al efecto.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.5. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos legalmente.

5.6. Para la válida constitución del Tribunal calificador, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, sumando los asistentes la mitad, al menos, de sus miembros.

5.7. El Tribunal se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.8. El Tribunal resolverá todas las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que proceda en los casos no previstos.

5.9. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Hospital de las Cinco Llagas, C/ Don Fadrique, s/n, 41009 Sevilla, así como en registro-ccuentas-and@ccuentas.es

5.11. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 2 de mayo de 2024, del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se aprueban las normas sobre indemnizaciones por razón del servicio y asistencias, los miembros del Tribunal del presente proceso selectivo tendrán derecho al abono de dietas.

Sexta. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

6.1. El sistema selectivo de los aspirantes será el de concurso-oposición, celebrándose todas las pruebas selectivas en la ciudad de Sevilla, sede del Tribunal.

6.2. La fase de oposición supondrá el 70% del total del sistema selectivo, y la fase de concurso el 30% del total.

La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 100 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en los distintos apartados de méritos del baremo, contemplados éstos por el orden del mismo. De persistir éste, el empate se resolverá de acuerdo con el orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comenzase por la letra «G» de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2024.

6.3. La fase de oposición no comenzará antes del día 15 de septiembre de 2024; el lugar, la fecha y la hora de celebración del ejercicio se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con una antelación mínima de quince días.

6.4. Los aspirantes serán requeridos para el desarrollo de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal que resolverá lo que estime más procedente.

6.5. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, pudiendo excluir a quienes no lo hagan. Igualmente, si en cualquier momento del proceso, el Tribunal tuviera constancia del incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria por parte de algún aspirante, procederá a su exclusión, comunicándolo el mismo día a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas y, si hubiera advertido falsedad en la declaración o documentación del interesado, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

6.6. Fase de oposición.

Se celebrará en primer lugar la fase de oposición. Todos los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio. Esta fase se valorará de 0 a 70 puntos.

Consistirá en el desarrollo escrito de dos ejercicios cuyo contenido se cita a continuación:

a) Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 20 puntos. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 105 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 5 últimas de reserva, adecuado a las funciones propias del cuerpo convocado. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario.

El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. Cada acierto se valorará con 0,20 puntos y no penalizará si la contestación es errónea.

El Tribunal calificador, respetando siempre los principios de mérito y capacidad y teniendo en cuenta el número de participantes presentados al ejercicio, su dificultad, y el número de plazas ofertadas, queda facultado para determinar, con anterioridad a su identificación nominal, qué número mínimo de aciertos netos, A-(E/3), es necesario obtener para aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50. Celebrado el examen, si el Tribunal debiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

Tras la realización del ejercicio, el Tribunal calificador hará pública en la página web la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del Tribunal calificador se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

Una vez aprobada la plantilla definitiva, si ésta no alcanzara el número total de preguntas establecidas en el párrafo primero de este apartado, y a fin de garantizar que los aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, el Tribunal calificador adaptará la valoración prevista en los párrafos precedentes de este apartado.

El ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación, tras lo cual, el Tribunal calificador hará pública en la página web de la Cámara de Cuentas de Andalucía la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.

Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas aprobadas.

b) Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 50 puntos siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 25 puntos. Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, a elegir por el opositor entre un mínimo de dos propuestos por el Tribunal, en relación con la parte III del temario. El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será de 4 horas.

Corregido el ejercicio, el Tribunal calificador expondrá en la página web de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.

Para obtener la puntuación final de la fase de oposición, y una vez superados todos los ejercicios se sumarán las puntuaciones obtenidas en ellos.

Finalizados cada uno de los ejercicios, se publicará en la página web de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación de aspirantes que han superado los mismos, con expresión de las calificaciones obtenidas, determinándose de esta forma los aspirantes que han superado la fase de oposición.

6.7. Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar algún ejercicio de la fase de oposición por embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, el Tribunal aplazará la realización del ejercicio quedando la situación de la aspirante condicionada a la realización del mismo y a la finalización de la fase de oposición. El aplazamiento del ejercicio no podrá demorar la fase de oposición de forma que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a la resolución de la misma en tiempo razonable y, en todo caso, la realización del mismo habrá de tener lugar antes de la publicación de la lista de opositores que superen a la fase de oposición.

6.8. Fase de concurso. En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados antes mencionada, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán acreditar documentalmente los méritos alegados en su solicitud, según lo establecido en el Anexo III.

Esta fase, en la que la puntuación máxima a obtener será de 30 puntos, consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos alegados en la fase de solicitud y acreditados documentalmente.

En la página web de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.9. Contra la lista de personas aprobadas en cada ejercicio y en la fase de concurso, se podrá interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.10. Relación de personal seleccionado. A la puntuación obtenida en la fase de concurso se sumarán los puntos obtenidos en la fase oposición, determinándose de esta forma la puntuación final de cada aspirante y el número de personas seleccionadas que han superado el proceso selectivo, que no podrá ser superior al de plazas disponibles.

El Tribunal calificador publicará en la página web de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación definitiva de personas seleccionadas, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases.

A continuación, el Tribunal calificador, remitirá copia certificada de esa relación definitiva de aprobados por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases, con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera para ingresar en el Cuerpo de Titulados Medios: Documentación de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a la persona titular de la presidencia de esta Institución.

Contra esta relación cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima. Presentación de documentación, solicitud de destino, nombramiento funcionario de carrera y toma de posesión.

7.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes aprobados deberán presentar en la Secretaría General de la Cámara de Cuentas de Andalucía originales o copias debidamente compulsadas, de los documentos que se citan a continuación:

a) Título Académico Oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo y Especialidad o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo y Especialidad convocado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

c) Aquellos que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

d) La petición de destino. A estos efectos, la Secretaria General de esta Institución ofertará los puestos de trabajo vacantes, publicándose la correspondiente oferta en su página web.

7.2. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía nombrará personal funcionario de carrera del Cuerpo de Titulados Medios: Documentación de la Cámara de Cuentas de Andalucía a las personas que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos por esta convocatoria.

Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la resolución de nombramiento determinará la fecha de inicio del plazo de la toma de posesión.

Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la superación de la oposición quien no tome posesión en el plazo señalado.

Octava. Norma final.

La presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del Tribunal de Selección, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Sevilla, 24 de junio de 2024.- El Presidente, Manuel Alejandro Cardenete Flores.

ANEXO III

BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO

a) Valoración de méritos.

1. Grado personal consolidado: El grado personal consolidado y reconocido, se valorará hasta un máximo de 6 puntos, en la forma siguiente:

GRADO PERSONAL CONSOLIDADO VALORACIÓN
22-21 6 puntos
20-19 4 puntos
18-17 3 puntos
16-15 2 puntos

2. Trabajo desarrollado: El trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado con carácter definitivo en la fecha de la convocatoria, o en caso de no tener el funcionario o la funcionaria destino definitivo, el último puesto desempeñado con tal carácter, se valorará hasta un máximo de 6 puntos.

NIVEL DEL PUESTO DE TRABAJO DEFINITIVO VALORACIÓN
22-21 6 puntos
20-19 4 puntos
18-17 3 puntos
16-15 2 puntos

3. Antigüedad: La antigüedad se computará por años completos de servicio o fracción superior a seis meses, valorándose hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,20 puntos por año o fracción superior a 6 meses.

4. Titulación académica se computará con un máximo de 4 puntos, en la siguiente forma:

Doctorado en Historia, Documentación, Filología y equivalentes 2,5 puntos
Máster Oficial en Historia, Documentación, Filología y equivalentes 2 puntos
Licenciado o Graduado en Historia, Documentación, Filología y equivalentes: 1,75 puntos
Máster Oficial en otras disciplinas 1,5 puntos
Licenciado o Graduados en otras disciplinas, Arquitecto o Ingeniero: 0,75 puntos
Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico en otras disciplinas 0,50 puntos

No tendrán la consideración de título académico a efectos de su valoración el haber superado tres cursos completos de licenciatura. Sólo se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el BOE en que se publica. Asimismo, no se valorarán como mérito los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

5. Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo de 3 puntos.

Se valorarán cursos o máster no oficial relacionados directamente con las funciones a desarrollar organizados, impartidos u homologados por la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Instituto Nacional de Administración Pública, Consejerías competentes en materia de Administración Pública y Organizaciones Sindicales, en el marco del Acuerdo de Formación Continua, Organismos de la Administración Local, Servicios Públicos de Empleo y cualquier Administración Pública no contemplada anteriormente, así como por Universidades y Colegios Profesionales, asignándose 0, 05 puntos por cada 20 horas de formación. En aquellos casos en que se acredite fehacientemente que se ha superado un examen para la obtención de un diploma de aprovechamiento del curso de que se trate, se asignarán 0,1 puntos por cada escalón completo de 20 horas de dicho curso.

6. Por cada ejercicio superado en anteriores pruebas selectivas en el mismo Cuerpo y Especialidad a que se aspira, convocadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía, hasta un máximo de 3 puntos, computándose 1 punto por cada ejercicio.

7. Otros méritos: máximo de 2 puntos.

Por cada título oficial en inglés, francés, o alemán a partir del B2 incluido este nivel: 0,50 puntos con un máximo de 1 puntos.

b) Acreditación documental.

Para la presentación de la documentación susceptible de acreditar los citados méritos por el personal, cuando no esté comprendido en el Registro de Personal de la propia Cámara, deberá aportarse, en formato «pdf», copia electrónica, sea o no auténtica, de los documentos justificativos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no siendo admisible cualquier otro formato. En todo caso, aquellas personas que hagan uso de este Anexo serán responsables de la veracidad de los documentos que presenten.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

Titulares:

Presidente: Don José Antonio Díaz Regodón.

Secretario: Don Francisco Pino Ortega.

Vocal 1.º: Doña Amalia Buzón Carretero.

Vocal 2.º: Doña María Dolores Galera Toledo.

Vocal 3.º: Doña María Inmaculada Gaya Molina.

Suplentes:

Presidente: Don Carlos Suan Mejías.

Secretaria: Doña María Dolores Guerrero Muñoz.

Vocal 1.º: Doña Araceli Rabasco Altamirano. 

Vocal 2.º: Doña Cristina Iglesias Agudo. 

Vocal 3.º: Doña Cristina García-Agulló Montero.

ANEXO V

TEMARIO: TITULADOS MEDIOS: DOCUMENTACIÓN. SUBGRUPO A2. PROMOCIÓN INTERNA.

Bloque I. Área Jurídico Administrativa General.

Tema 1. Las libertades básicas del sistema comunitario. Las principales políticas comunes, con especial referencia a la política regional comunitaria: Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. El presupuesto de las Comunidades Europeas.

Tema 2. Los órganos administrativos: Concepto y clases. La competencia: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación. La eficacia de los actos administrativos: La notificación y la publicación. El silencio administrativo: Naturaleza y régimen jurídico. Su regulación en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos. La inderogabilidad singular del Reglamento.

Tema 3. La revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. Actos que agotan la vía administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

Tema 4. Los contratos de la Administración: objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Calificación de los contratos. El órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Régimen de invalidez. Adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación y extinción de los contratos. Especial referencia a la contratación menor y a los anticipos de caja fija.

Tema 5. Conceptos Básicos de Gestión Presupuestaria: Iniciación a la estructura y elaboración del presupuesto, especial incidencia en su seguimiento y gestión.

Tema 6. Ciberseguridad y Protección de datos: normativa de protección de datos. Análisis de los riesgos de las nuevas tecnologías en materia de seguridad de protección de datos.

Tema 7. Transparencia y Gobierno Abierto. Colaboración y Participación Ciudadana. La Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Derechos y Obligaciones. Publicidad Activa. El Derecho de Acceso a la Información Pública. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

Bloque II. Área Institucional.

Tema 8. La Cámara de Cuentas de Andalucía: su creación por medio de la Ley 1/1988, de 17 de marzo. Definición, ámbito de actuación, competencias y funciones de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Tema 9. Composición de la Cámara de Cuentas de Andalucía: órganos, miembros y personal a su servicio. Atribuciones de los órganos de la misma.

Bloque III. Organización y gestión bibliotecaria.

Tema 10. La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. La declaración de Bienes de Interés Cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles.

Tema 11. Normativa y organización bibliotecaria española. El Consejo de Cooperación Bibliotecaria.

Tema 12. El Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

Tema 13. El texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual: sujetos, objeto, contenido, duración y límites. La legislación en materia de propiedad intelectual y su incidencia den la gestión de las bibliotecas:

límites de los derechos de autor, el dominio público. La remuneración de autores por préstamos en bibliotecas.

Tema 14. Depósito legal. Depósito legal de publicaciones en línea.

Tema 15. Concepto de biblioteca. Tipos de bibliotecas y su función. Perspectivas de futuro.

Tema 16. Gestión de calidad en bibliotecas y normas ISO relacionadas. Modelo EFQM.

Tema 17. Criterios para la constitución, el mantenimiento y el expurgo de la colección. Desarrollo de colecciones con recursos electrónicos. Licencias. Nuevos modelos económicos de las publicaciones y contenidos digitales.

Tema 18. Gestión de la colección: almacenamiento y organización de las colecciones. Conservación preventiva y criterios para la restauración de fondos bibliográficos y documentales.

Tema 19. La catalogación. Principios y reglas de catalogación: ISBD, reglas de catalogación españolas y RDA.

Tema 20. El formato MARC21 de registros bibliográficos, de autoridad y de fondos.

Tema 21. Estructura de la información bibliográfica: las FRBR.

Tema 22. El control de autoridades. Concepto, objetivos, normativa, tendencias internacionales, principales proyectos: FRAD, FRSAD, VIAF y SKOS.

Tema 23. Los sistemas integrados de gestión bibliotecaria. Las plataformas de servicios bibliotecarios (PSB). Nuevos modelos y tendencias.

Tema 24. Gestión de catálogos. La catalogación cooperativa y la catalogación centralizada. Los catálogos colectivos en España.

Tema 25. Los servicios presenciales y virtuales de la biblioteca.

Tema 26. Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario. Préstamo electrónico.

Tema 27. Difusión bibliotecaria: herramientas y canales. Web 2.0 y redes sociales.

Tema 28. Alfabetización informacional en bibliotecas.

Tema 29. La biblioteca digital: diseño, desarrollo y mantenimiento. Proyectos españoles e internacionales. Los repositorios.

Tema 30. Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios. Normas ISO relacionadas: 11620, ISO 16439.

Tema 31. Estadísticas de bibliotecas: recopilación y uso. Normativa nacional e internacional. ISO 2146, ISO 2789. Elaboración de estadísticas oficiales de bibliotecas en España y Andalucía.

Tema 32. Bibliotecas nacionales. Concepto, funciones y servicios. La Biblioteca Nacional de España. La Biblioteca de Andalucía.

Tema 33. Las bibliotecas públicas. Concepto, funciones y servicios. Situación en España y Andalucía. Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.

Tema 34. Las bibliotecas universitarias. Conceptos, funciones y servicios. CRAI. Situación en España. REBIUN.

Tema 35. Las bibliotecas especializadas. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España y Andalucía. Red IDEA.

Tema 36. Documentación y Biblioteca de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Tema 37. Las hemerotecas. La gestión de las publicaciones periódicas y seriadas.

Tema 38. La cooperación bibliotecaria: organismos, programas y proyectos nacionales e internacionales.

Tema 39. IFLA: programas estratégicos y actividades.

Tema 40. Los profesionales de las bibliotecas y de los centros de documentación. Perfiles profesionales. Situación en España, formación profesional y asociaciones profesionales.

Tema 41. Principios de la reutilización de la información. Reutilización de la información del sector público.

Tema 42. El movimiento Open Access. Gestión de la producción científica en abierto. Licencias Creative Commons.

Tema 43. Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica.

Tema 44. La normalización de la identificación bibliográfica. ISBN, ISSN, ISNI y otros números internacionales. Identificadores permanentes en internet.

Tema 45. Bibliografías y fuentes de información de publicaciones periódicas.

Tema 46. Bibliografías y fuentes de información de publicaciones oficiales.

Tema 47. Fuentes de información en Ciencias Sociales y Humanidades. Bibliografías y fuentes de información comerciales.

Tema 48. La documentación: concepto general. Clases de documentos. Documentos primarios y documentos secundarios.

Tema 49. Análisis documental de contenido: indización y resumen. Indización automatizada.

Tema 50. Lenguajes documentales. Los tesauros: normas, creación y mantenimiento. El tesauro EUROVOC.

Tema 51. La investigación en Biblioteconomía y Documentación en España. Bibliometría: concepto y aplicaciones de los estudios bibliométricos.

Tema 52. Las tecnologías de la información y la comunicación y su aplicación a los procesos de los centros de información.

Tema 53. OPAC y herramientas de descubrimiento.

Tema 54. Protocolos y lenguajes de búsqueda e intercambio de la información: Z3950, SRU/SRW, OpenUrl, OAI-PMH.

Tema 55. Internet y la WWW. Gobernanza de Internet. World Wide Web Consortium.

Tema 56. Principales modelos de metadatos aplicados a las bibliotecas. La Dublin Core Metadata Initiative y los estándares de la Biblioteca del Congreso y Europeana.

Tema 57. METS y metadatos orientados a la preservación digital: PREMIS.

Tema 58. Metabuscadores y gestores de enlaces. Recolectores OAI-PMH.

Tema 59. Lenguajes de marcado y su aplicación a bibliotecas.

Tema 60. Datos enlazados. Vocabularios y ontologías de uso en bibliotecas. BIBFRAME. Principales conjuntos de datos.

Tema 61. Principios de diseño y usabilidad de sitios web bibliotecarios. Accesibilidad. Recomendaciones internacionales.

Tema 62. Gestión de los recursos electrónicos. Repositorios institucionales.

Tema 63. La edición en la actualidad. Libros electrónicos, dispositivos de lectura, plataformas y servicios.

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