Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura, de la transformación y de la comercialización al por mayor de productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción que se relacionan, durante los periodos de referencia que se establecen en esta orden, debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la orden que se cita.
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BDNS (Identif): 736731 y 736732.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, las ayudas que se relacionan a continuación, previstas en la Orden de 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura, modificada por la Orden de 24 de octubre de 2023, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea de ayuda | Partidas presupuestarias | Cuantía máxima (€) |
---|---|---|
Ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico en el sector de la acuicultura. | 1400120000/G/71P/47300/00/G1353513G6 | 1.500.000 |
Ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, consumo eléctrico, aceites vegetales y gas natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de productos de la pesca y de la acuicultura. | 1400120000/G/71P/47300/00/G1353513G6 | 4.200.000 |
TOTAL DISPONIBLE 2024 | 5.700.000 |
3. Los periodos de referencia que se tienen en cuenta para la concesión de estas ayudas son los siguientes:
a) Del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2022 en relación con los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad en el sector de transformación y comercialización al por mayor de los productos de la pesca y de la acuicultura que no hubieran presentado solicitud de ayuda en las convocatorias publicadas mediante Orden de 20 de junio de 2023 y mediante Orden de 10 noviembre de 2023, respectivamente o que, habiendo presentado la solicitud de ayuda en dichas convocatorias, tengan facturas que, siendo elegibles, no hubieran sido presentadas junto con la referida solicitud de ayudas.
b) Del 1 de enero al 30 de noviembre de 2023:
- En relación con los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico en el sector de la acuicultura.
- En relación con los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de productos de la pesca y de la acuicultura.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Para las ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico en el sector de la acuicultura, las empresas acuícolas consideradas PYME’s y grandes empresas, que sean titulares de la autorización administrativa de cultivos marinos o continentales para sus instalaciones, establecimientos o explotaciones en Andalucía a fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Las referidas instalaciones, establecimientos o explotaciones deben estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) durante el periodo de referencia subvencionable.
b) Para las ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de productos de la pesca y de la acuicultura:
b.1. Las empresas que lleven a cabo tareas de transformación de productos de la pesca y la acuicultura recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 1379/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la Organización Común de Mercados en el sector de los productos de la pesca de y de la acuicultura, que hayan estado dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) durante todo el periodo de referencia subvencionable, entendiéndose por «transformación» el proceso de preparación de la presentación que incluye el fileteado, envasado, enlatado, congelación, ahumado, salazón, cocción, escabechado, secado o cualquier otra preparación del pescado para el mercado.
c) Las empresas que lleven a cabo la comercialización al por mayor de productos de la pesca y la acuicultura recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 1379/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013. Quedan excluidas las empresas de comercio al por menor.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura, por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico, así como la convocatoria de ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la transformación y de la comercialización al por mayor de productos de la pesca y de la acuicultura, por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad, debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, en el periodo de referencia subvencionable del 1 de enero al 30 de noviembre de 2023.
Igualmente es objeto de esta orden establecer una segunda convocatoria de ayudas para las empresas de transformación y comercialización al por mayor de los productos de la pesca y de la acuicultura por los costes adicionales en que hubieran incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción de harina, pan rallado, cloro, gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, consumo eléctrico, gas natural/ciudad y aceites vegetales, durante el periodo de referencia subvencionable del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2022, que no hubieran presentado solicitud de ayuda en las convocatorias publicadas mediante Orden de 20 de junio de 2023 y mediante Orden de 10 noviembre de 2023, respectivamente o que, habiendo presentado la solicitud de ayuda en dichas convocatorias, tengan facturas que, siendo elegibles, no hubieran sido presentadas junto con la referida solicitud de ayudas.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 88, de 11 de mayo de 2023, modificada por la Orden de 24 de octubre de 2023, publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 209, de 31 de octubre de 2023.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los enlaces que se relacionan a continuación:
LÍNEA DE AYUDA | CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO | ENLACE |
---|---|---|
Ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico en el sector de la acuicultura. | 25244 | https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25244.html |
Ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de productos de la pesca y de la acuicultura. | 25246 | https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25246.html |
Sevilla, 8 de enero de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera (Orden de 21.11.2022), María Consolación Vera Sánchez.
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