Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 18/09/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 2 de septiembre de 2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.

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BDNS: 783565, 783560, 783566, 783631.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

1. Se propone convocar para el año 2024 las ayudas que se citan, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Líneas de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€) Cuantía máxima (€)
2024 2025
Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque. 1400120000 G/71P/77300/00 G4110303A6 2024000252 75.000 100.0000
Ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque. 1400120000 G/71P/77300/00 G4110201A6 2024001206 0,0 150.000
Ayudas para inversiones a bordo y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de las personas tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque. 1400120000 G/71P/77300/00 G4110502A6 2023000205 50.000 200.000
Ayudas para promover valor añadido a los productos de la pesca, economía circular y seguridad alimentaria. 1400120000 G/71P/77300/00 G4110802A6 2024000568 75.000 100.000
TOTAL 200.000 550.000

Segundo. Beneficiarios.

a) En relación con las ayudas por inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque: Las personas jurídicas, así como las comunidades de bienes o sociedades civiles, que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sean armadoras de dicho buque, en éste último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en el que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero o que sean propietarias de buques auxiliares asociados a las almadrabas para el que solicita la ayuda y siempre que la almadraba tenga autorización administrativa y haya ejercido actividad en las campañas en los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

b) En relación con las ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque: Las personas físicas, las personas jurídicas así como las comunidades de bienes o sociedades civiles que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sean armadoras de dicho buque, en éste último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en el que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero así como las personas pescadoras a pie que sean propietarias del arte que vaya a sustituirse y hayan trabajado al menos 60 días durante los dos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda.

c) En relación con las ayudas para inversiones a bordo y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de las personas tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque: las personas físicas, las personas jurídicas, así como las comunidades de bienes o sociedades civiles, que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sean armadoras de dicho buque, en este último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en el que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero o que sean propietarias de buques auxiliares asociados a las almadrabas para el que solicita la ayuda y siempre que la almadraba tenga autorización administrativa y haya ejercido actividad en las campañas en los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda así como las personas pescadoras a pie.

d) En relación con las ayudas para promover valor añadido a los productos de la pesca, economía circular y seguridad alimentaria: Las personas físicas, las personas jurídicas, así como las comunidades de bienes o sociedades civiles que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sean armadoras de dicho buque, en éste último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en el que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero.

Tercero. Objeto.

El objeto de esta orden es convocar para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, que se citan.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA núm. 127, de 2 de julio, de 2024).

Quinto. Cuantía.

La dotación de estas líneas de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en los siguientes enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:

LÍNEA DE AYUDA CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ENLACE
Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque. 25512 https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25512.html
Ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque. 25513 https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25513.html
Ayudas para inversiones a bordo y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y de los pescadores a pie, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque. 25514 https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25514.html
Ayudas para promover valor añadido a los productos de la pesca, economía circular y seguridad alimentaria. 25515 https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25515.html

Sevilla, 2 de septiembre de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la persona titular de la Consejería (Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.

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