Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se somete a información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la intervención sectorial del sector vitivinícola español (2024-2027), y se modifica la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se establecen normas adicionales relativas a la intervención del pago específico al cultivo del algodón en Andalucía en el periodo 2023-2027.
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El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando un proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, y la naturaleza de la disposición lo aconseje será sometida a información pública durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho. El trámite de información pública podrá ser abreviado hasta el mínimo de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen.
Igualmente, la Ley 6/2006, de 24 de octubre, en el artículo 45 bis, apartado 2, letra b), dispone que en la tramitación de urgencia el plazo de realización del trámite de información pública será de siete días hábiles.
Por su parte, el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: «Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos».
Con fecha 19 de septiembre de 2024, la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural acuerda iniciar la tramitación del procedimiento de elaboración Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027).
El citado proyecto tiene por objeto modificar la Orden de 9 de marzo de 2023, con los siguientes objetivos: rectificar la normativa que ha sido modificada desde su entrada en vigor; suprimir el trámite de la comunicación de inicio de las operaciones, y por ello producir una reducir las cargas administrativas a la ciudadanía; adecuar los importes solicitados a los disponible anualmente, con el fin conseguir que una mayor eficacia en el reparto de los fondos disponibles; dar respuesta al sector vitivinícola en sus propuestas que faciliten el incremento de la sostenibilidad de las explotaciones del viñedo de vinificación. Además se establece una disposición final primera con el objeto de modificar la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se establecen normas adicionales relativas a la intervención del pago específico al cultivo del algodón en Andalucía en el periodo 2023-2027, definiendo la superficie de algodón cultivado en las explotaciones agrarias de titularidad compartida.
En este contexto, considerando que el contenido del proyecto normativo afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, resulta conveniente que el texto se someta a la mayor difusión, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda formular las observaciones y aportaciones que estimen oportunas.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
R E S U E L V O
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la intervención sectorial del sector vitivinícola español (2024-2027), y se modifica la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se establecen normas adicionales relativas a la intervención del pago específico al cultivo del algodón en Andalucía en el periodo 2023-2027, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para general conocimiento:
a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/533197.html
La documentación del procedimiento de elaboración de la disposición se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071, Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar por:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos deberán presentar sus escritos en formato electrónico mediante el formulario disponible en la dirección electrónica: consulta.vinedo.capadr@juntadeandalucia.es
Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la presentación electrónica general, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único, en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las oficinas de asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sevilla, 27 de septiembre de 2024.- El Director General, Daniel Quesada Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 195 de 07/10/2024