Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 07/10/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional laboral de Titulado/a Grado Medio.

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Mediante la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.

En dicho proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo se incluyeron 136 plazas de la categoría profesional laboral de Titulado/a Grado Medio del Grupo II de clasificación profesional, vinculado a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022, aprobada mediante el Decreto 91/2022, de 31 de mayo.

En el cómputo de la tasa de reposición adicional de efectivos de las Ofertas de Empleo Público extraordinarias para la estabilización de empleo temporal se determinan las plazas que reúnen los requisitos previstos en la norma para dicho cómputo, razón por la cual, si llegado el momento de proceder a la configuración de la oferta de vacantes necesaria para la ejecución de los procesos selectivos derivados de las citadas ofertas, dichas plazas continúan ocupadas con carácter temporal, deben incluirse para su estabilización.

Tras la finalización del proceso selectivo, se requiere necesariamente la oferta y posterior adjudicación de los puestos de trabajo que permitan la contratación y el comienzo de la relación de empleo de carácter fijo con la Administración, y para ello es preciso ofrecer a todas las personas seleccionadas la posibilidad de optar por una efectiva adjudicación de plaza, que dé satisfacción al proceso de estabilización del empleo público regulado por la normativa excepcional citada anteriormente.

En este concreto caso, la convocatoria del proceso selectivo preveía el acceso a una categoría profesional laboral, Titulado/a Grado Medio, y su finalización implica el ofrecimiento de las plazas cubiertas de forma temporal que se incluyen en el proceso de estabilización, entre la cuales elegirán las personas aspirantes seleccionadas en función de la puntuación obtenida.

Visto que dichos puestos de trabajo contienen un requisito de una titulación académica concreta que el convenio colectivo no exige para el acceso a la categoría convocada, ello supone un obstáculo para la elección de las personas candidatas que han superado el proceso selectivo, que es necesario remover para que no se oponga al derecho de éstas y a la finalidad del proceso selectivo y de la propia Oferta de Empleo Público de la que éste derivaba, que, tal y como ya se ha referido, es de carácter extraordinario y para la estabilización de empleo temporal, todo ello conforme prescribe la Constitución Española en el apartado 2 del artículo 9, en relación con el apartado 2 del artículo 23.

El artículo 12.1.o).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública la competencia para la modificación de la relación de puestos de trabajo como consecuencia de la aplicación de la oferta de empleo público previamente aprobada, mediante la creación de puestos o modificación de las características de los ya existentes, sin que en ningún caso suponga incremento de coste de la plantilla presupuestaria.

Para la confección de la relación de plazas vacantes a ofertar a las personas aspirantes seleccionadas, procede modificar las características de los puestos de trabajo afectados, mediante la supresión del requisito de una titulación académica concreta.

Por ello, de conformidad con lo establecido el artículo 12.1.o).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVO

Primero. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía en los términos expresados en el anexo de la presente resolución.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Los efectos derivados de esta modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de octubre de 2024.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

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