Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 24/10/2024

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de ayudas para estudiantes con discapacidad para el curso académico 2024/25.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

BDNS: 792029.

Primero. Convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la colaboración en el desarrollo de su actividad académica, con los estudiantes que tengan alguna discapacidad reconocida. Esta ayuda se concreta en dos modalidades:

a) Estudiante colaborador/a.

Acuerdo o compromiso entre la persona que solicita y el/la estudiante colaborador/a, en el que se describan brevemente las tareas o funciones que desempeña o desempeñará la persona colaboradora. Esta ayuda la percibirá directamente el/la colaborador/a, a cuyo efecto, deberá facilitar mediante certificación del banco o caja la cuenta de la que tiene que ser titular, donde desea que se efectúe el ingreso. El importe de la ayuda, estará relacionado con las necesidades específicas de la persona con discapacidad y de las tareas de colaboración necesarias. En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos, el importe máximo a conceder será de 1.300 euros. Para estudiantes con un número inferior de créditos, se aplicará la proporción correspondiente. El incumplimiento de las funciones y tareas recogidas en el acuerdo de colaboración, supondrá la revocación total o parcial de la ayuda concedida.

b) Ayuda de transporte.

Facturas de los taxis, o medio de transporte empleado por el/la estudiante durante el período lectivo establecido por la Universidad de Huelva.

En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos, el importe máximo a conceder será de 700 euros, conforme a distancia, desplazamientos, créditos matriculados, y calendario lectivo. En caso de emplear como medio de transporte, vehículo perteneciente al estudiante colaborador/a, este último será quien reciba directamente el importe de la misma. En este supuesto, el acuerdo o compromiso entre ambos, deberá recoger dicha circunstancia.

Segundo. Bases reguladoras.

Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de Huelva.

Tercero. Financiación.

La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de esta ayuda será:

Año 2024: 80.01.04.00 321A 481.99: 30.000 euros.

Cuarto. Personas beneficiarias.

Para estudiantes matriculados en el curso 2024-25 en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional, Grado, o Master Oficial, que presenten algún tipo de discapacidad, legalmente calificada, con un grado igual o superior al 33%, por la que le sea necesario un apoyo especial para realizar con normalidad su actividad académica.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día de publicación en el BOJA, y tendrá una duración de 15 días hábiles. No obstante, en circunstancias especiales, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, se podrán atender solicitudes presentadas fuera de este plazo, aunque la concesión de dichas ayudas no tendrá en ningún caso carácter retroactivo.

Huelva, 21 de octubre de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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