Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones de la Línea 7 «Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de las corporaciones locales» regulada en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Programa Emplea-T.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00310684.
Por Orden de 3 de octubre de 2024, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 197, de 9 de octubre de 2024.
El artículo 36.1 de la citada orden establece que la persona titular de la Dirección General en materia de incentivos para el empleo será competente para convocar, mediante resolución, las subvenciones previstas, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en dicha materia.
Mediante Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones de las Líneas 1, 2, 4 y 7 reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 209, de 25 de octubre de 2024.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Orden de 3 de octubre de 2024, las subvenciones contempladas en la Línea 7 «Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de las corporaciones locales» se destinarán a promover la contratación de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por parte de ayuntamientos y entidades locales autónomas para fomentar el empleo mediante la adquisición de experiencia laboral directamente relacionada con su titulación al finalizar su etapa educativa, proporcionando las competencias profesionales necesarias para la mejora de su empleabilidad, a través del contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, en proyectos puestos en marcha por ayuntamientos y entidades locales autónomas de Andalucía.
El apartado primero del resuelve decimotercero de la referida Resolución de 22 de octubre, así como el apartado decimoprimero del extracto de la resolución de convocatoria, disponen que «el plazo de presentación de solicitudes para la Línea 7 será de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria».
Ante la proximidad del fin del plazo para la presentación de solicitudes y a la vista del volumen de las actualmente presentadas en relación al número de entidades locales andaluzas potencialmente beneficiarias, aconsejan ampliar el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones para la Línea 7.
La necesidad de la ampliación de plazo ha sido manifestada por las entidades solicitantes aduciendo entre otras razones, las limitaciones de recursos humanos disponibles para la presentación de la solicitud, al concurrir en el tiempo con la ejecución de la reciente convocatoria del Programa Andalucía Activa convocado mediante Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan, para el año 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa, así como con el cierre del ejercicio presupuestario.
El presupuesto de la convocatoria de esta línea está diseñado para beneficiar al mayor número posible de entidades locales andaluzas, mediante una distribución de los fondos públicos de la manera más equitativa posible, optimizando así el uso de los recursos públicos, alcanzando la total ejecución del presupuesto disponible cumpliendo así la finalidad de apoyo al desarrollo local.
Por todo lo anterior, y en respuesta a criterios de eficiencia y oportunidad alineados con el interés general y con el objetivo de lograr una adecuada ejecución de los fondos públicos, queda motivada la necesidad de la ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la Línea 7.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. Y en su apartado 3 añade que la ampliación deberá producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate, no pudiendo en ningún caso ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el Título VII del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la Línea 7 «Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de las corporaciones locales».
Se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado primero del resuelve decimotercero de la Resolución de 22 de octubre de 2024, así como en el decimoprimero del Extracto de la resolución de convocatoria, hasta el día 18 de noviembre de 2024 a las 23:59 horas.
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Recursos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente resolución no es susceptible de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Sevilla, 7 de noviembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 3.10.2024, BOJA núm. 197, de 9.10.2024); la Directora General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, Aurora Lazo Barral.
Descargar PDFBOJA nº 219 de 11/11/2024