Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 21/11/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Acuerdo de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de resolución de traslado de centro.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00311296.

Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba por el que se ordena la notificación por edicto de resolución de traslado de centro, aprobado por la Comisión Provincial de Tutela y Guarda en el expediente (DPCO)352-2024-00001048-1 a doña Isabel María Fernández Moret, en relación con el menor F.J.A.F.

Contra esta resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba en el plazo de dos meses de su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Para la citada formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuitas por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, sito en C/ Blanco Soler, 4.

Córdoba, 18 de noviembre de 2024.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.

Descargar PDF