Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 04/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en la convocatoria del curso 2024/2025.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00312061.

Esta Delegación Territorial, en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar durante el curso 2024/2025 realizada mediante Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA núm. 119, de 20 de junio de 2024), la Comisión Evaluadora Provincial constituida en la Delegación Territorial de Granada, a quien compete,

ACUERDA

Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2024/2025, realizada mediante Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA núm. 119, de 20 de junio de 2024), de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para financiar programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, otorgando las subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución.

Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las entidades sin ánimo de lucro que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta resolución.

Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de la presente resolución hasta la finalización del curso académico 2024/2025 y, así mismo el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2025, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad ante esta Delegación Territorial, acompañada de las documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011

Cuarto. Las subvenciones que se aprueban corresponden a la distribución territorial de los créditos disponibles en esta línea de subvención, Línea 5 Actuaciones de las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención,seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, según Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se realiza la distribución territorial de los créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2024/2025, que asciende para la provincia de Granada a sesenta y cinco mil doscientos noventa y dos euros y ocho céntimos (65.292,08 €), imputables a la posición presupuestaria 1100020000 G/42F/ 48100/18 01.

Quinto. El abono de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las Entidades beneficiarias de estas ayudas.

Sexto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 28 de noviembre de 2024.- La Delegada, María José Martín Gómez.

ANEXO I

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BENEFICIARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR

CURSO 2024/2025

ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITANTE CIF SUBVENCIÓN PROPUESTA PRESUPUESTO REFORMULADO PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN PAGO
Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas “FAKALI” G91274035 4.600,00 € 4.600,00 € 100,00% Único
EDUCACEM G10881449 3.900,00€ 3.900,00€ 100,00% Único
Fundación proyecto DON BOSCO Salesianos Social G14522171 4.400,00 € 4.400,00 € 100,00% Único
Asociación Mujeres en zona de conflicto G14422075 3.400,00 € 3.400,00€ 100,00% Único
AMPA San Sebastián G18253179 3.000,00 € 3.000,00€ 100,00% Único
AMPA Torreón G18589309 2.592,08 € 2.750,00€ 94,25% Único
Asoc. para la Cooperación y Desarrollo con el Norte de África “CODENAF” G18438457 4.600,00 € 4.600,00 € 100,00% Único
Liga Española de la Educación y la Cultura Popular G78519543 4.300,00 € 4.300,00 € 100,00% Único
Andalucía por la Enseñanza Pública G91715003 4.300,00 € 4.300,00 € 100,00% Único
Fundación Hermanos Obreros de María G18029066 4.100,00 € 4.100,00 € 100,00% Único
Asoc. Juvenil Amigos de Almanjáyar y Cartuja G18050419 4.400,00 € 4.650,00€ 95,48% Único
Fundación YEHUDI MENUHIN G82260282 3.000,00 € 5.325,00 € 56,33% Único
Asoc. de Educadores para el tiempo libre M.ª de BORJA G18345751 4.100,00 € 8.100,00 € 50,61% Único
Total: 50.692,08 € 57.425,00 €

Anexo II

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR Y ATENCIÓN AL ALUMNADO INMIGRANTE

CURSO 2024/2025

ENTIDAD SAL SOLICITANTE CAUSA FUNDAMENTO JURÍDICO
- KAMIRA
- ASOCIACIÓN CULTURALCALÉ CHACHIPÉ DE UGÍJAR
- ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES
- No presentación en plazo Anexo II
- Renuncia/No aceptación
ORDEN de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.
Artículo 17. Audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación.
1. El órgano instructor, tras haberse dictado la propuesta provisional de resolución, concederá un plazo de diez días para que, utilizando el formulario-Anexo II las personas o entidades beneficiarias provisionales y suplentes puedan:
a) Alegar lo que estimen pertinente, en los términos que prevé el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
b) Reformular su solicitud siempre que, habiéndose previsto en el apartado 2.b) de cada Cuadro Resumen, el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable; en todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras.
c) Comunicar su aceptación a la subvención propuesta.

Descargar PDF