Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 12/12/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación, mediante contrato de duración determinada vinculados a programas financiados con fondos europeos.

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Tras la firma del «Grant Agreement», la Universidad de Cádiz será la encargada de coordinar el proyecto «SEA-EU 2.0», segunda fase del proyecto que dio comienzo hace cuatro años con la creación de la alianza SEA-EU «La Universidad Europea de los Mares», una acción internacional en la que participan otras nueve universidades europeas con el objetivo común de analizar e implementar nuevos proyectos educativos sostenibles, impulsar la movilidad de estudiantes y de investigadores y propiciar el desarrollo de nuevas metodologías de enseñanza.

En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, conforme a lo establecido en el artículo 89.3 de la citada Ley Orgánica del Sistema Universitario, la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, y ante la presente necesidad urgente y extraordinaria de contratar personal para la ejecución del Programa «Erasmus-EDU-2022-EUR-UNIV», dentro del Proyecto «101089757-SEA-EU 2.0», con sujeción al Reglamento de Selección, contratación y nombramiento del PAS de la Universidad de Cádiz y a las bases que se acompañan,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral temporal, mediante contrato de duración determinada a tiempo parcial vinculado a programas financiados con fondos europeos, en la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación con destino en el Observatorio para las Migraciones y Derechos Humanos de la Universidad Europea de los Mares, mediante turno libre y por sistema de concurso-oposición, con sujeción a las bases que se acompañan.

Cádiz, 3 de diciembre de 2024.- El Rector, por delegación de firma, la Gerente, Mariví Martínez Sancho.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, mediante turno libre, una plaza de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral temporal en la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz relacionada en el Anexo I.

1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz y el Reglamento por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio.

1.3. El contrato a realizar para esta plaza será de duración determinada vinculado a programas financiados con fondos europeos, con una duración hasta la finalización del proyecto prevista para el 15 de enero de 2027 y dedicación a tiempo parcial.

1.4. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

1.6. La duración máxima del proceso selectivo será de cuarenta y cinco días hábiles, a contar desde la finalización del primer ejercicio.

2. Requisitos de participación.

2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas extranjeras residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que las nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del Título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica, Diplomatura Universitaria o titulación equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.6. Estar en posesión de Nivel C1 acreditado de español o nativo de este idioma.

2.1.7. Estar en posesión de Nivel B2 acreditado de inglés o nativo de este idioma.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica.

Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=486

La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud, por lo que no podrá entenderse que han concluido los trámites de presentación de la solicitud si no han finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.

Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de la persona aspirante.

3.2. Las personas aspirantes deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero, en vigor.

b) Copia de la Titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación supletoria vigente o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.

c) Para la valoración de méritos en el concurso, deberán presentar junto con la solicitud la relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz

https://personal.uca.es/convocatoria-pas, así como la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del área de Personal.

No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 25 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049- 4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de la Universidad de Cádiz, indicando «PS TGM SEA-EU OM + nombre de la persona aspirante».

La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

e) Acreditación oficial de idiomas según lo establecido en la base 2.1.6 y 2.1.7.

El nivel B2 de inglés se acreditará, sin necesidad de aportación del correspondiente título oficial de idioma, siendo nativo de un país en el que cualquiera de dichos idiomas sea oficial y haya cursado y obtenido el título correspondiente a Bachillerato en dicho país, debiendo aportar en este caso la correspondiente documentación acreditativa.

El nivel C1 de español se acreditará, sin necesidad de aportación del correspondiente título oficial de idioma, siendo nativo de un país en el que ese idioma sea oficial y haya cursado y obtenido el título correspondiente a estudios universitarios superiores en dicho país.

3.3. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente.

b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a fecha de periodo de solicitud.

c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa vigente, mediante justificación documental de tal condición.

e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título vigente de tal condición.

3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.5. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de ocho días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», igualmente se publicará a los meros efectos de publicidad en el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz», así como en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.

3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional de admisión y exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la lista completa de solicitudes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión.

4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.

Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a aspirantes, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. Las tasas de participación serán reintegradas, de oficio, a las personas aspirantes que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunal Calificador.

5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, las personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que figuran en el Anexo IV.

5.2. Quienes formen parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurra alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).

5.3. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del área de Personal, resolución por la que se nombran a quienes hayan de sustituir en el Tribunal a las personas que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en las bases 5.2 y 5.3.

5.5. Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus integrantes, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022.

5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores o asesoras especialistas, limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El nombramiento de tales asesores o asesoras corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas aspirantes.

5.10. Contra las resoluciones del Tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio Hospital Real, Plaza del Falla, número 8, 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039, y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.12. El Tribunal que actúe en el proceso para cubrir la plaza ofertada tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Temario.

El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como Anexo III de la presente convocatoria.

7. Fase de concurso.

El Tribunal Calificador valorará los méritos de la fase de concurso de acuerdo con el baremo de la convocatoria, que se adjunta en el Anexo II.

8. Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición estará compuesta por dos pruebas, especificadas en el Anexo II. La puntuación obtenida supondrá el 60 por ciento de la calificación final.

8.2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 30 puntos en la misma.

8.3. La primera prueba de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de enero de 2025. La fecha, lugar y hora de celebración se hará pública en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado definitivo de admisión y exclusión.

8.4. Las personas aspirantes serán convocadas en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de admisión de aspirantes, por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.

8.5. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

8.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

9. Resultados.

9.1. Tras la realización de cada prueba de la fase de oposición, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellas personas aspirantes que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente al resultado de la segunda prueba de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.

9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado 9.3, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10. Presentación de documentos y contratación.

10.1. Aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real, en Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la presente convocatoria.

10.2. Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior contrato en la Universidad de Cádiz.

10.3. Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratadas en la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

11. Bolsa de trabajo.

11.1. Según establece el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, como consecuencia de la resolución del presente proceso selectivo para la contratación laboral temporal se creará la correspondiente bolsa de trabajo específica vinculada a la naturaleza objeto del contrato de duración determinada vinculado a programas financiados con fondos europeos.

11.2. La bolsa de trabajo solo podrá utilizarse durante la permanencia del Programa «Erasmus-EDU-2022-EUR-UNIV» y en los supuestos determinados reglamentariamente y motivados por las necesidades del presente programa.

11.3. Para la formación de la bolsa, según establece el apartado 2 del artículo 29 del citado reglamento, se tendrá en cuenta las pruebas superadas, así como la puntuación de la fase de concurso.

12. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.

12.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.

12.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria y, en su caso, la bolsa de trabajo que se genere como consecuencia de la misma. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

12.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

12.4. En cualquier momento las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (www.consejodetransparencia.es).

13. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La interposición de recursos administrativos se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

PUESTO CONVOCADO

Puesto: SEA- EU 2.0 Observatorio.

Categoría: Titulado Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación.

Características del contrato:

Duración: Hasta finalización del proyecto. Fecha fin prevista: 15.1.2027.

Jornada laboral parcial: Al 50% de la jornada (17 horas y media efectivas de trabajo semanal).

Lugar de desarrollo: Vicerrectorado de Internacionalización. Edificio Hospital Real, Cádiz.

Funciones del puesto:

1. Gestión y seguimiento de las actividades del Observatorio para las Migraciones y Derechos Humanos de la Universidad Europea de los Mares (SEA-EU).

2. Actualización y seguimiento de la página web del Observatorio para las Migraciones y Derechos Humanos de la Universidad Europea de los Mares (SEA-EU).

3. Seguimiento y emisión de actas e informes sobre las reuniones del Observatorio.

4. Organización de eventos del Observatorio.

5. Contacto y coordinación con los socios de la alianza SEA-EU para la implementación de las actividades propuestas para el Observatorio.

6. Promoción de las actividades del Observatorio y coordinación de la difusión de sus resultados.

ANEXO II

PROCESO SELECTIVO

Fase de oposición:

1. Primer ejercicio, de carácter teórico, consistirá en responder un cuestionario de un máximo de 10 preguntas, que medirá el conocimiento de las personas aspirantes sobre las materias incluidas en el programa y las funciones de los puestos objeto de la convocatoria. La puntuación máxima a obtener en este primer ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

2. Segundo ejercicio, de carácter práctico, consistirá en una prueba oral/entrevista que versará sobre los méritos valorables en la fase de concurso, el programa señalado en el Anexo III y el currículo de las personas aspirantes, con el objeto de evaluar la capacidad, competencias y conocimientos técnicos requeridos para el desempeño del puesto de trabajo. También se valorará la capacidad de atención y resolución de problemas, de forma proactiva. La capacidad de manejar múltiples plataformas y adaptarse al cambio de entornos de desarrollo. La puntuación máxima a obtener en este segundo ejercicio será de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.

Los ejercicios de la fase de oposición podrán desarrollarse tanto en español como en inglés o alternativamente en ambos idiomas.

Fase de concurso:

- Titulaciones universitarias relacionadas con los ámbitos de trabajo con preferencia en las áreas de ciencias sociales y humanidades. Hasta 10 puntos.

- Posgrado en relaciones internacionales o formación en materia de derechos humanos y políticas migratorias. Hasta 5 puntos.

- Experiencia en gestión de proyectos europeos e internacionales, coordinación de programas de financiación pública y organización de eventos. Hasta 15 puntos.

- Experiencia o formación específica en la edición y manejo de páginas web (Wordpress). Hasta 10 puntos.

ANEXO III

P R O G R A M A

1. Las políticas de educación superior de la Unión Europea: El Espacio Europeo de Educación Superior (EHEA) y el Espacio Europeo de Investigación (ERA).

2. La iniciativa de Universidades Europeas y sus diferentes convocatorias. La Alianza SEA-EU (La Universidad Europea de los Mares): Orígenes, misión, objetivos y desarrollo de su primera fase).

3. El Observatorio para las Migraciones y Derechos Humanos de la Universidad Europea de los Mares.

4. Organizaciones Internacionales, su funcionamiento y órganos principales: Naciones Unidas: Historia, funcionamiento y órganos principales; Unión Europea: Historia, funcionamiento y órganos principales; el Consejo de Europa: Funciones e importancia en la protección de los Derechos Humanos en Europa; y la Organización Internacional para la Migraciones. Las Organizaciones No Gubernamentales.

5. Derecho Humanos en Europa: Carta de Derechos Fundamentales y Convenio Europeo de Derechos Humanos.

6. El Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la Unión Europea. Espacio Schengen y la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (FRONTEX).

7. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Justicia Social.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

Presidenta:

Doña Marcela Yasmin Iglesias Onofrio, Profesora Contratada Doctora de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

Doña María del Pilar de Castro Herrero, funcionaria de carrera de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

Don Fernando Pérez Peña, Profesor Titular de la Universidad de Cádiz.

Don José Alejandro del Valle Gálvez, Catedrático de la Universidad de Cádiz.

Doña Inmaculada González García, Profesora Titular de la Universidad de Cádiz.

Secretario:

Don Álvaro Luis Carreto Martínez, funcionario de carrera de la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz.

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