Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de decreto por el que se regulan los aprovechamientos apícolas en los montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Mediante Acuerdo de la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente de fecha 3 de diciembre de 2024, se inicia el procedimiento para la aprobación del proyecto de decreto por el que se regulan los aprovechamientos apícolas en los montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.d de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, la Consejería proponente podrá acordar la realización de un trámite de audiencia durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que las agrupe o las represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía.
Dada la naturaleza de la disposición, donde se establece nueva regulación del procedimiento de adjudicación de los aprovechamientos apícolas en los montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el fin de agilizar el procedimiento, este Órgano Directivo considera conveniente el sometimiento del proyecto de decreto por el que se regulan los aprovechamientos apícolas en los montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía al trámite de información pública a la ciudadanía, para que puedan exponer su parecer razonado y realizar las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de decreto por el que se regulan los aprovechamientos apícolas en los montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto, para su general conocimiento, en el portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos», a través de la siguiente ruta: «Servicios», «Servicios de información», «Participación».
Puede accederse al mismo a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/548734.html
La documentación del procedimiento de elaboración de la disposición se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y se presentarán de conformidad con el artículo 14 apartados 1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, deberán presentar sus escritos en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sevilla, 17 de diciembre de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Descargar PDFBOJA nº 251 de 30/12/2024