Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 252 de 31/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se ordena la instrucción de procedimientos de redistribución en los centros y puestos que, por provincias, se relacionan.

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La Orden de 11 de abril de 2011 (BOJA núm. 86, de 4.5.2011), regula los procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

La referida orden incluye, entre los supuestos en que resulta oportuno realizar procedimientos de redistribución, los referidos a centros en los que, como consecuencia de la planificación educativa o por modificaciones del sistema educativo, se produzca la fusión de varios centros en uno, se desdoblen centros o se trasladen o supriman determinadas enseñanzas en un centro docente público que afecte a personal funcionario de carrera con destino definitivo.

El Decreto 116/2024, de 18 de junio, por el que se modifica la red de centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realiza, entre otras, las siguientes actuaciones:

- Se crea el Centro Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, por desglose del Instituto de Educación Secundaria «San José de la Rinconada», código 41003765, ambos de La Rinconada (Sevilla).

- Se integran: El Colegio de Educación Infantil y Primaria «Adolfo de Castro», código 11001713, en el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Fermín Salvochea», código 11602526, ambos en Cádiz (Cádiz); el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Duque de Rivas», código 14001517, y el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Alfonso Churruca», código 14001751, en el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Pedagogo García Navarro», código 14007891, ambos de Córdoba (Córdoba); el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Nuestro Padre Jesús», código 29007780, en el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Nuestra Señora de la Paz», código 29007809, ambos de Ronda (Málaga); la Escuela Infantil «El Vaporcito», código 11004192, en el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Cristóbal Colón», código 11004209, ambos de El Puerto de Santa María (Cádiz); la Escuela Infantil «Adelfa», código 29009481, se integra en la Escuela Infantil «Gloria Fuertes», código 29009764, ambas de Málaga (Málaga).

Asimismo, la Orden de 11 de marzo de 2024, crea la Sección de Educación Secundaria Obligatoria de Albolote (Granada), código 18004781, por desglose del Instituto de Educación Secundaria «Aricel», código 18000039, en la misma localidad.

Por otro lado, la Orden de 16 de abril de 2024, por la que se amplía y actualiza la autorización de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos a partir del curso escolar 2024/25 realiza, entre otras, las siguientes actuaciones:

- Se suprime el idioma inglés, nivel intermedio B1, modalidad semipresencial de la Escuela Oficial de Idiomas Carlota Remfry, código 23700372, de Linares (Jaén) relacionada, entre otras, en el Anexo X de la referida orden.

- Se extinguen progresivamente en el Instituto de Educación Secundaria «El Valle», código 23700271, de Jaén, la enseñanza de Educación Secundaria Obligatoria; en el Instituto de Educación Secundaria «Galileo Galilei», código 14007659, de Córdoba, la enseñanza de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.

- Se traslada la enseñanza de Bachillerato en la modalidad de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño del Instituto de Educación Secundaria «El Valle», código 23700271, al Instituto de Educación Secundaria «Las Fuentezuelas», código 23002449, ambos de Jaén, y se autoriza a este último a impartirlo a partir del curso escolar 2024/25.

- Se traslada progresivamente la enseñanza de Bachillerato en la modalidad de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño de la Escuela de Arte y Superior de Diseño «José Val del Omar», código 18004501, al Instituto de Educación Secundaria «Albayzín», código 18009389, ambos de Granada, y se autoriza a este último a impartirlas a partir del curso escolar 2024/25.

Del mismo modo, la Orden de 12 de junio de 2024, integra la Sección de Educación Permanente «La Ilustración», código 41007497, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), en el Centro de Educación Permanente «Alfonso Muriel», código 41501236, de Sevilla (Sevilla).

Por otra parte, la Orden de 19 de julio de 2024, que modifica la autorización de enseñanzas en determinados centros docentes públicos, realiza, entre otras, las siguientes actuaciones:

- Se extinguen los ciclos formativos de grado superior de oferta parcial, en la modalidad a distancia, «Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma» y «Desarrollo de Aplicaciones Web», en el Instituto de Educación Secundaria «Trassierra», código 14007945, de Córdoba, y «Desarrollo de Aplicaciones Web», en el Instituto de Educación Secundaria «Cristóbal Monroy», código 41000272, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) relacionados, entre otros, en el Anexo IV de la referida orden; en el Instituto de Educación Secundaria «Politécnico», código 41006997, de Sevilla, el ciclo formativo de grado superior específico de formación profesional «Prevención de riesgos profesionales», en la modalidad a distancia; en el Instituto de Educación Secundaria «Camas-Antonio Brisquet», código 41009573, de Camas (Sevilla), el curso de especialización de grado medio de formación profesional «Implementación de Redes 5G».

- Se extingue progresivamente en el Instituto de Educación Secundaria «Aguadulce», código 04700260, de Aguadulce (Almería), el ciclo formativo de grado superior de formación profesional «Administración de sistemas informáticos en red», en la modalidad a distancia.

- Se trasladan: Los ciclos formativos de grado superior «Automatización y robótica industrial», «Automoción» y «Mantenimiento electrónico», los ciclos formativos de grado medio «Carrocería», «Electromecánica de vehículos automóviles», «Instalaciones de telecomunicaciones» y «Montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos», el ciclo formativo de grado medio de oferta parcial, en la modalidad presencial, «Carrocería» y el curso de especialización de grado superior «Mantenimiento y seguridad en sistemas de vehículos híbridos y eléctricos», del Instituto de Educación Secundaria «San José de la Rinconada», código 41003765, de San José de la Rinconada, al Centro Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, ambos de La Rinconada (Sevilla), autorizándose a este último a impartirlos a partir del curso escolar 2024/25; el ciclo formativo de grado medio «Sistemas microinformáticos y redes» del Instituto de Educación Secundaria «Nuestra Señora de la Cabeza», código 23000556, al Instituto de Educación Secundaria «Jándula», código 23005694, ambos de Andújar (Jaén), autorizándose a este último a impartirlo a partir del curso escolar 2024/25; el curso de especialización de grado superior «Desarrollo de videojuegos y realidad virtual» del Instituto de Educación Secundaria «Jándula», código 23005694, de Andújar, al Instituto de Educación Secundaria «Virgen del Carmen», código 23002401, de Jaén, ambos en la provincia de Jaén, autorizándose a este último a impartirlo a partir del curso escolar 2024/25; el ciclo formativo de grado medio «Atención a personas en situación de dependencia» del Instituto de Educación Secundaria «Pedro Espinosa», código 29001145, al Instituto de Educación Secundaria «Pintor José María Fernández», código 29010857, ambos de Antequera (Málaga), autorizándose a este último a impartirlo a partir del curso escolar 2024/25.

En consecuencia, procede ordenar la instrucción de procedimientos de redistribución, de manera que, de conformidad con lo establecido en la Orden de 11 de abril de 2011, el personal afectado por los desdobles, creaciones, supresiones de centros y reorganización de sedes pueda acceder a puestos de su misma especialidad, o de especialidades que se tengan reconocidas, sin perjuicio del derecho a declararse en situación de supresión.

Por todo ello, esta Dirección General, en virtud de la facultad que le otorga el artículo 6 de la Orden de 11 de abril de 2011, vistas las propuestas de las Delegaciones Territoriales de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, y con la conformidad de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada,

HA RESUELTO

1. Ordenar la instrucción de los procedimientos de redistribución del personal funcionario de carrera con destino definitivo en los centros y puestos que se relacionan en el anexo de esta resolución, como consecuencia del Decreto 116/2024, de 18 de junio, por el que se modifica la red de centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Los procedimientos se atendrán a lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 11 de abril de 2011, para cuya instrucción las Delegaciones Territoriales en Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla designarán, respectivamente, a un funcionario o una funcionaria del Cuerpo de Inspectores de Educación con destino en dichas provincias.

3. Al personal redistribuido le será de aplicación, respecto de la antigüedad en el nuevo centro adjudicado, lo establecido en el artículo 7.1 de la Orden de 11 de abril de 2011. No obstante, dicho personal, de conformidad con lo establecido en el inciso final del artículo 3.2 de la reiterada orden, podrá optar por hacer efectiva la situación de supresión, en el curso 2025-2026, sin que pueda incrementarse el número de puestos ofertados en los nuevos centros como consecuencia de la opción a suprimirse del personal redistribuido.

4. Los efectos administrativos de los procedimientos de redistribución se referirán al 1 de septiembre de 2024.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de diciembre de 2024.- El Director General, Carlos Muñoz Morales.

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