Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 07/02/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 22 de enero de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto Intervención de clase 1.ª del Ayuntamiento de Huelva, mediante el sistema de libre designación.

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1. Entidad Local convocante.

Ayuntamiento de Huelva.

2. Denominación y características del puesto de trabajo que se convoca.

Denominación: Intervención de clase 1.ª-01149.

Adscripción: Grupo A. Subgrupo A1.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 38.651,62 euros anuales.

Complemento productividad: 12.145,68 euros.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Lugar: https://oposicioneshuelva.convoca.online/

Plazo: 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Resolución.

Vacante el puesto de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad Local referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 7.1.h) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2,  que se adjuntan como anexo a la presente resolución.

Segundo. Resuelto el concurso conforme a lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se dará traslado de dicha resolución a esta Secretaría General y al Ministerio competente, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La formalización, en su caso, de la toma de posesión deberá ser comunicada a esta Secretaría General en la forma y plazo previstos en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de enero de 2024.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

ANEXO

BASES PARA LA PROVISIÓN POR LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE INTERVENTOR/A DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELVA, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

Primera. Objeto de la convocatoria.

Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Interventor/a del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Escala Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Clase Primera, Categoría Superior, conforme a lo previsto en el apartado 6 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los términos que establecen los artículos 27 y 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Las características del puesto de trabajo a cubrir de conformidad con lo establecido en la relación de puestos de trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Huelva son las siguientes:

Denominación del puesto: Interventor/a.

Grupo A, Subgrupo A1.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 38.651,62 € brutos anuales.

Complemento de productividad: 12.145,68 € brutos anuales

Requisitos para su desempeño: Subescala Intervención-Tesorería, Clase Primera, Categoría Superior.

Sistema de provisión: Libre designación.

La presente convocatoria, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española y la normativa vigente en la materia, tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios. Será de aplicación preferente a la presente provisión, por el sistema de libre designación, las presentes bases objeto de esta convocatoria y, en su defecto, lo dispuesto en los preceptos establecidos en la normativa vigente aplicable:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación.

Los requisitos exigidos para tomar parte en la presente convocatoria deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siendo ésta la fecha de referencia para el cumplimiento de los mismos debiéndose de mantener durante todo el proceso hasta el momento de la toma de posesión del puesto de trabajo.

Podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

1.º Ser personal funcionario de carrera perteneciente a la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala Intervención-Tesorería, Clase Primera y Categoría Superior.

2.º No estar incurso en ninguno de los siguientes supuestos:

a) Estar inhabilitado o suspendido en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no ha transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

b) Estar destituido, a puestos de la Corporación donde se produjo la sanción, si no hubiera transcurrido el plazo establecido en la misma.

c) Estar en alguna de las situaciones de excedencia voluntaria a las que se refiere el artículo 89.1.a) y b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Tercera. Solicitudes y admisión de aspirantes.

1. El anuncio de las bases y anexos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web www.huelva.es. El anuncio de la convocatoria se publicará como extracto en el Boletín Oficial del Estado, en tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web www.huelva.es.

2. Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán presentar su solicitud, a través del enlace https://oposicioneshuelva.convoca.online/ seleccionando la Convocatoria de 1 puesto de Interventor/a del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, declarando reunir los requisitos exigidos.

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará la documentación necesaria (fotocopia del DNI o Pasaporte, titulación, «Curriculum vitae», méritos, etc.), siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.

También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el mismo plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, declarando reunir los requisitos exigidos para el puesto y adjuntando fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, siempre en vigor, fotocopia de la titulación exigida y fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados en el «Curriculum vitae», todo ello, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.

En el caso de presentar la solicitud de forma manual en lugar distinto al Registro del Ayuntamiento de Huelva, y al objeto de agilizar el procedimiento, la persona interesada lo comunicará necesariamente dentro del plazo de los dos días naturales posteriores a la presentación de dicha solicitud, mediante correo electrónico

(personal.oposiciones@huelva.es)

al Servicio de Personal y RR.HH., aportando copia de la solicitud.

No se aceptarán ni solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de acuerdo con lo expuesto anteriormente.

El hecho de presentar la solicitud implicará que el aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios, en la intranet municipal de este Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia y en https://oposicioneshuelva.convoca.online/.

A la instancia se acompañará inexcusablemente:

- Fotocopia del DNI.

- Certificado expedido por la Administración Pública en la que, actualmente, preste sus servicios y en el que conste que es personal funcionario de carrera de la Escala Administración local con habilitación de carácter nacional y que pertenece a la Subescala de Intervención-Tesorería en su Categoría Superior, su número de Registro de Personal, su situación administrativa y su puesto de trabajo de destino.

-Un «Curriculum vitae», en el que se detalle cada uno de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria, así como años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración y sus características, titulación académica y/o profesional, cursos de formación y perfeccionamiento, así como aquellos méritos que estimen oportunos poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado. A dicho curriculum deberá acompañarse los documentos justificativos de los méritos que se aleguen, mediante fotocopias, pues no serán valorados aquéllos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.

La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportarán la plena aceptación de las mismas. Junto a las especificaciones indicadas con anterioridad, para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, se tendrá especialmente en cuenta, el cumplimiento de los siguientes requisitos debidamente documentados:

A) Experiencia acreditada en el desempeño de puestos de trabajo de Intervención en municipios con población superior a 20.000 habitantes, así como en puestos de colaboración pertenecientes a la Subscala de Intervención-Tesorería, categoría superior en municipios con población superior a 20.000 habitantes.

B) Acreditación de formación recibida y/o impartida en áreas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, y en particular en materia de Gestión Pública local, Fiscalización, Contabilidad, Administración Electrónica y/o Transparencia.

3. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejal de Régimen Interior, Recursos Humanos y Modernización Digital dictará resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en la página web www.huelva.es.

Dicha resolución establecerá un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos en el supuesto de existir aspirantes excluidos.

La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no existiesen aspirantes excluidos o no se presentan reclamaciones o subsanaciones. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, en una nueva resolución por la que dicho órgano aprobará la lista definitiva, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

4. A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo. En cualquier momento se podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos a través del correo dpd@huelva.es.

Cuarta. Nombramiento, toma de posesión y cese.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, la Junta de Gobierno, en el plazo de un mes, a propuesta de la Iltma. Sra. Alcaldesa, procederá a resolver la convocatoria a favor de quien considere más idóneo para el puesto de trabajo objeto de la misma, sujeto a los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad.

El plazo de nombramiento podrá ser prorrogado hasta un mes más por acuerdo de la Junta de Gobierno Local. De dicha resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado a la Secretaría General de Administración Local de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública para su anotación en el Registro correspondiente y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Para la propuesta de nombramiento, se podrá recabar la intervención de especialistas que permitan apreciar la idoneidad de los candidatos (art. 80.3 Ley 7/2007, de 12 de abril), así como, en el supuesto de estimarlo necesario, practicar entrevista personal sobre el currículum aportado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el plazo de toma de posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo en la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta, de conformidad con lo establecido en el artículo 41.1 de dicho real decreto.

El/la aspirante así nombrado podrá ser cesado discrecionalmente del ejercicio de sus funciones, en los términos establecidos en el artículo 47 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será aplicable el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Quinta. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.

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