Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo de la Sentencia 1411/2023, de 25 de mayo, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el procedimiento ordinario 316/2020.
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ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 25 de mayo de 2023, se dicta por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el procedimiento ordinario 316/2020, seguido a instancias de la Federación Ecologistas en Acción de Andalucía, Sentencia 1411/2023, cuya parte dispositiva, del siguiente tenor literal, acuerda:
«1. Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de la Federación Ecologistas en Acción de Andalucía frente a las siguientes resoluciones:
a) La desestimación presunta de la solicitud de 27 de diciembre de 2018 de revisión de oficio del Acuerdo de 13 de marzo de 2012, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se cede el uso, mediante mutación demanial, al Ayuntamiento de Cuevas Bajas (Málaga), de la vía pecuaria “Colada del Ríoˮ en el tramo que discurre por dicha localidad con destino a camino público local, publicado en el BOJA núm. 62, de 29 de marzo de 2012.
b) La desestimación presunta de la solicitud de 27 de diciembre de 2018 de revisión de oficio del Acuerdo de 17 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se cede el uso, mediante mutación demanial, al Ayuntamiento de Espartinas (Sevilla), de la vía pecuaria «Cordel del Patrocinio» en el tramo que discurre por dicha localidad con destino a camino público local, publicado en el BOJA núm. 152, de 3 de agosto de 2012.
c) La desestimación presunta de la solicitud de 27 de diciembre de 2018 de revisión de oficio del Acuerdo de 13 de noviembre de 2012, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se cede el uso, mediante mutación demanial, al Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), de la vía pecuaria “Colada del Vado de San Juan de Teatinosˮ en el tramo que discurre por la mojonera entre Sevilla y Dos Hermanas, desde el cruce con la Cañada Real de la Armada hasta la carretera de Utrera A-376, en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla), con destino a camino público local, publicado en el BOJA núm. 232, de 27 de noviembre de 2012.
d) La desestimación presunta de la solicitud de 27 de diciembre de 2018 de revisión de oficio del Acuerdo de 4 de diciembre de 2012, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se cede el uso, mediante mutación demanial, al Ayuntamiento de Brenes (Sevilla), de la vía pecuaria “Vereda del Bodegón de las Cañasˮ en el tramo que discurre entre el arroyo de Buenavista y el cruce con la carretera de Sevilla-Los Rosales (A-8085), en el término municipal de Brenes (Sevilla), con destino a camino público local, publicado en el BOJA núm. 246, de 18 de diciembre de 2012,
e) La desestimación presunta de la solicitud de 27 de diciembre de 2018 de revisión de oficio del Acuerdo de 4 de diciembre de 2012, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se cede el uso, mediante mutación demanial, al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa (Sevilla), de la vía pecuaria “Vereda de Hinojosˮ en los tramos i y ii, que discurren desde la entrada del polígono industrial “La Cañadaˮ hasta la Rotonda de Gato, entronque con la carretera de Villamanrique al Rocío (A-8085), en el término municipal de Villamanrique de la Condesa (Sevilla), con destino a camino público local, publicado en el BOJA núm. 246, de 18 de diciembre de 2012.
2. Declarar la disconformidad a derecho y nulidad de las resoluciones recurridas.
3. Imponer el abono de las costas procesales al Ayuntamiento de Cuevas Bajas, con el límite indicado en el último fundamento de derecho.»
Segundo. Con fecha 17 de julio de 2023, por la citada Sección de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se dicta testimonio declarando la firmeza de la sentencia citada «ad supra».
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, las sentencias firmes relativas a un acto administrativo que afecta a una pluralidad indeterminada de personas requieren su publicación en el mismo periódico oficial en que se hubiera publicado la resolución impugnada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. Es competente para dictar la presente resolución la persona titular de la Secretaría General Técnica en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución Española; 17.2 y 18.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general aplicación, esta Secretaría General Técnica
RESUELVE
Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo de la Sentencia 1411/2023, de 25 de mayo, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el procedimiento ordinario 316/2020.
Sevilla, 29 de febrero de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Rodríguez Barcia.
Descargar PDFBOJA nº 46 de 06/03/2024