Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 08/03/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Extracto de la Resolución de 27 de febrero de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.

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BDNS: 746107

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Segundo. Objeto.

El objeto de esta convocatoria de subvenciones, según se establece en las bases reguladoras, es promover proyectos de investigación innovadores que mejoren los niveles de conocimiento en materia de prevención de riesgos laborales, y fomenten la transferencia de los resultados de la investigación a la práctica diaria de la prevención de riegos laborales.

De conformidad con lo previsto en el apartado 2.a) del cuadro resumen, se consideran prioritarios en la presente convocatoria aquellos proyectos de investigación que versen sobre aspectos relacionados con los riesgos psicosociales, especialmente derivados de riesgos emergentes, riesgos en materia de trabajos en altura, riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, especialmente con la silicosis, y la seguridad vial laboral, sin que ello suponga exclusión de otras materias e introduciendo siempre la perspectiva de género y en la medida de lo posible el estudio de los colectivos vulnerables.

Tercero. Régimen jurídico.

La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán, además de por la presente convocatoria, por lo establecido en las siguientes disposiciones:

a) Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 23 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 229, de 29 de noviembre de 2021, y corrección de errores en BOJA núm. 242, de 20 de diciembre de 2021).

b) Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019).

c) Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas a las que hace referencia el apartado 3 del cuadro resumen que se relacionan:

- Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).

- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Cuarto. Entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y excepciones.

1. En virtud de lo establecido en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de la Orden de 23 de noviembre de 2021, podrán solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria: las Universidades, cátedras en prevención de riesgos laborales, entidades académicas, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que realicen proyectos de investigación, desarrollo e innovación en materia de prevención de riesgos laborales.

2. Los requisitos que deben reunir las entidades solicitantes, el periodo durante el que deben mantener su cumplimiento, y otras circunstancias que impiden obtener la condición de entidad beneficiaria se incluyen en los apartados 4.a).2.º, y letras b), c), d) y e) del apartado 4 del cuadro resumen.

Quinto. Créditos presupuestarios.

Las subvenciones de esta convocatoria se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de las posiciones presupuestarias G/31O/44101/00 y G/31O/48300/00, del programa 31O Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual por las cuantías totales máximas que para cada anualidad y tipo de entidad beneficiaria se detallan a continuación:

POSICIÓN PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2024 ANUALIDAD 2025 TOTAL
G/31O/441.01 100.000,00 € 100.000,00 € 200.000,00 €
G/31O/483.00 100.000,00 € 100.000,00 € 200.000,00 €
TOTAL 400.000,00 €

Sexto. Cuantía de las subvenciones.

Conforme al apartado 5.a) del cuadro resumen, la subvención a conceder a cada proyecto o actividad no podrá exceder el porcentaje máximo sobre el presupuesto aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas, que se establecen a continuación:

CUANTÍA MÁXIMA CUANTÍA MÍNIMA PORCENTAJE
40.000,00 € 20.000,00 € 100%

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Octavo. Otros datos.

Los formularios de solicitud y de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos, así como demás datos necesarios, figuran en la resolución de la convocatoria, publicada en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Los formularios estarán disponibles en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24637.html

Las solicitudes de subvención y en su caso demás documentación, se deberán presentar, según lo dispuesto en el apartado 10.c) del cuadro resumen, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html

Sevilla, 1 de marzo de 2024.- La Presidenta del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, P.D. el Director-Gerente del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, Orden de 14.10.2022 (BOJA núm. 201, de 19.10.2022), Luis Roda Oliveira.

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