Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de deporte, dirigidas a los clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN).
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Mediante la Orden de 25 de enero de 2022, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN) (BOJA núm. 33, de 17 de febrero de 2022).
En la disposición adicional primera de la citada orden se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de Promoción del Deporte (actualmente Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte) para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para su aplicación e interpretación; delegándosele en su disposición adicional segunda la competencia para convocar las subvenciones reguladas en dicha Orden mediante resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes, la cuantía total máxima destinada a la subvención y la aprobación de los formularios que deban regir en la convocatoria.
De conformidad con el artículo 10.b) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el caso de convocatorias de subvenciones en concurrencia competitiva, se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvenciones en dicha convocatoria, con la previsión, en su caso, de la posibilidad de adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el art. 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo.
Por último, según se establece en el art. 124 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en las subvenciones cuya justificación se efectúe con posterioridad al cobro de la misma, no podrá abonarse a la persona o entidad beneficiaria un importe superior al 50% de la subvención, sin que se justifiquen previamente los pagos anteriores, excepto en los supuestos en que el importe de aquellas sea igual o inferior a 6.000 €.
En su virtud, conforme a la disposición adicional segunda de la Orden de 25 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN), así como en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESUELVO
Primero. Convocar, para el ejercicio 2024, las subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN). El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Aprobar los formularios que se indican y que constan como anexos a la presente resolución, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites de audiencia, aceptación, reformulación y aportación de documentación, así como la justificación de la subvención concedida.
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario para presentar las alegaciones, la aceptación, efectuar la reformulación y la presentación de documentos (Anexo II).
c) Formulario de justificación (Anexo III).
Se puede acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones en la web: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Tercero. La solicitud deberá cumplimentarse a través del acceso establecido al efecto en la siguiente dirección electrónica habilitada:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24963.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 25 de enero de 2022. Se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del citado cuadro resumen de las bases reguladoras.
Cuarto. Las subvenciones concedidas a los clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN), que se aprueban en virtud de la Orden de 25 de enero de 2022, se financiarán en el ejercicio 2024, para la temporada deportiva 2023-2024, con cargo a las partidas presupuestarias siguientes:
1600010000 G/46B/48602/00 01 (modalidad PLN. Participación de Ligas Nacionales de Clubes Deportivos).
1600010000 G/46B/47000/00 01 (modalidad PLN. Participación en Ligas Nacionales de S.A.D.).
Siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 1.107.719 €, correspondiendo 1.077.719 € a la partida para clubes deportivos y secciones deportivas y 30.000 € a las sociedades anónimas deportivas, encontrándose limitada, en todo caso, la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria por las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. En la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo, se adquirirán compromisos de gastos conforme a la distribución máxima e importes que se indica a continuación:
2024 Primer Pago (50%) | 2024 Segundo Pago (50%) | Total | PLN |
---|---|---|---|
553.859,50 € | 553.859,50 € | 1.107.719 € |
Sexto. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del Cuadro Resumen, esto es, tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Séptimo. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas y en particular los de requerimiento de subsanación, trámite de audiencia y resolución del procedimiento, se publicarán en la dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24963.html. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Octavo. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos, como los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos, y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en la Orden de 25 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN).
Noveno. La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de marzo de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
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BOJA nº 56 de 20/03/2024