Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se da publicidad al importe de los conceptos retributivos correspondientes al ejercicio 2023 que, como pago delegado, corresponde abonar al profesorado de la enseñanza concertada de Andalucía, así como la cuantía de los complementos retributivos establecidos por la Comunidad Autónoma para dicho profesorado.
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El artículo 13 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, ha dispuesto que el importe del módulo económico por unidad escolar es el fijado el en Anexo IV de dicha ley, en el cual quedan establecidos, con efectos de 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los Centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas.
Mediante Acuerdo de 3 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprobó el Acuerdo de 29 de abril de 2022, entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía y las organizaciones patronales, de titulares y sindicales de la enseñanza privada concertada, sobre retribuciones del profesorado que presta servicios en el sector. Este acuerdo establece un calendario para el incremento de las retribuciones del profesorado en pago delegado durante el periodo de concertación 2022/23-2024/25, correspondiendo, para el curso escolar 2023/24, un incremento mensual de 43,5 €, distribuido en catorce pagas, al profesorado de las etapas de Educación infantil, Educación primaria y Educación especial, y un incremento de 49,5 € mensuales al profesorado de las etapas de Educación secundaria obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional. Este incremento salarial se abona en el complemento autonómico o de equiparación retributiva.
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023 se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se recoge que «Si la suma del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6 por ciento, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por ciento» y en el Acuerdo de 6 de febrero de 2024 se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la anteriormente citada ley, que establece que «Si el incremento del PIB nominal igualase o superase el estimado por el Gobierno en el cuadro macroeconómico que acompaña a la elaboración de la presente Ley de Presupuestos, se aplicará un aumento retributivo complementario del 0,5%». En el sector de la enseñanza concertada el incremento retributivo afecta al complemento autonómico o de equiparación retributiva.
En virtud de las competencias que me confiere el artículo 8.2.d) del Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESUELVO
Primero. El importe mensual de los conceptos retributivos que corresponde abonar al profesorado de la enseñanza concertada de Andalucía, como pago delegado, y de acuerdo con el módulo económico por unidad escolar de los distintos niveles y modalidades educativas, establecido por el artículo 13 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y en los Acuerdos del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023 y de 6 de febrero de 2024, es el que figura en el Anexo I de esta resolución, con los efectos que se establecen en dicho anexo.
Segundo. La cuantía mensual para el año 2023 de los complementos retributivos establecidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concepto de equiparación de los salarios del profesorado que presta servicios en los centros concertados con los del profesorado público de las respectivas etapas, en los términos que se establecen en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2022, es la que figura en el Anexo II de esta resolución, con los efectos que se establecen en dicho anexo.
Tercero. Publicar la presente disposición en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de marzo de 2024.- El Director General, Rafael Salas Machuca.
ANEXO I
Importe mensual de los conceptos retributivos del 1 de enero al 31 de agosto de 2023
NIVEL EDUCATIVO |
---|
Primaria, Infantil Integrada y Educación Especial Integrada | IMPORTES MENSUALES € |
---|---|
1.er y 2.º curso de ESO | |
3.er y 4.º curso de ESO | |
Bachillerato | |
F. P. Grado Medio y Superior | |
Formación Profesional Básica/Ciclo Formativo de Grado Básico | |
Centros Específicos de Educación Especial | |
Centros Específicos de Educación Infantil | |
Sueldo | 1.732,63 |
Trienio | 41,48 |
C. Director | 297,03 |
C. Subdirector | 274,9 |
C. Jefe de Estudios | 247,33 |
Sueldo | 1.732,63 |
Complemento de equiparación de licenciados/as al salario | 302,01 |
Complemento de equiparación de licenciados/as al trienio | 10,78 |
Complemento compensatorio de maestros/as | 137,40 |
Trienio | 41,48 |
C. Director | 297,03 |
C. Subdirector | 274,9 |
C. Jefe de Estudios | 247,33 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 434,7 |
C. Subdirector | 382 |
C. Jefe de Estudios | 382 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 434,7 |
C. Subdirector | 382 |
C. Jefe de Estudios | 382 |
C. Bachillerato | 85,23 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 423,03 |
C. Subdirector | 371,73 |
C. Jefe de Estudios | 355,36 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 362,63 |
C. Subdirector | 336,13 |
C. Jefe de Estudios | 310,2 |
Sueldo | 1.732,63 |
Trienio | 41,48 |
C. Director | 303,25 |
C. Subdirector | 176,52 |
C. Jefe de Estudios | 154,91 |
Sueldo | |
1.732,63 | Trienio |
41,48 |
Importe mensual de los conceptos retributivos del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2023
NIVEL EDUCATIVO |
---|
Primaria, Infantil Integrada y Educación Especial Integrada | IMPORTES MENSUALES € |
---|---|
1.er y 2.º curso de ESO | |
3.er y 4.º curso de ESO | |
Bachillerato | |
Sueldo | 1.732,63 |
Trienio | 41,48 |
C. Director | 297,03 |
C. Subdirector | 274,9 |
C. Jefe de Estudios | 247,33 |
Sueldo | 1.732,63 |
Complemento de equiparación de licenciados/as al salario | 302,01 |
Complemento de equiparación de licenciados/as al trienio | 10,78 |
Complemento compensatorio de maestros/as | 143,40 |
Trienio | 41,48 |
C. Director | 297,03 |
C. Subdirector | 274,9 |
C. Jefe de Estudios | 247,33 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 434,7 |
C. Subdirector | 382 |
C. Jefe de Estudios | 382 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 434,7 |
C. Subdirector | 382 |
C. Jefe de Estudios | 382 |
C. Bachillerato | 85,23 |
NIVEL EDUCATIVO | |
---|---|
F. P. Grado Medio y Superior | |
F. P. Grado Básico | |
Centros Específicos de Educación Especial | |
Centros Específicos de Educación Infantil | |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 423,03 |
C. Subdirector | 371,73 |
C. Jefe de Estudios | 355,36 |
Sueldo | 2.034,64 |
Trienio | 52,26 |
C. Director | 362,63 |
C. Subdirector | 336,13 |
C. Jefe de Estudios | 310,2 |
Sueldo | 1.732,63 |
Trienio | 41,48 |
C. Director | 303,25 |
C. Subdirector | 176,52 |
C. Jefe de Estudios | 154,91 |
Sueldo | 1.732,63 |
Trienio | 41,48 |
ANEXO II
Importe mensual complemento autonómico del 1 de enero al 31 de agosto de 2023
NIVEL EDUCATIVO | Complemento autonómico mensual € |
---|---|
Educación Primaria, 2.º ciclo Educación Infantil Integrada y Educación Especial Integrada | 608,17 |
1.º y 2.º cursos de ESO (Maestros) | 608,17 |
1.º y 2.º cursos de ESO (Licenciados) | 591,92 |
3.º y 4.º cursos de ESO, Formación Profesional de Grado Básico, Medio y Superior y Formación Profesional Básica | 591,92 |
Bachillerato | 506,69 |
Centros Específicos de Educación Especial | 608,17 |
Centros Específicos de 2.º ciclo de Educación Infantil | 608,17 |
Importe mensual complemento autonómico del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2023
NIVEL EDUCATIVO | Complemento autonómico mensual € |
---|---|
Educación Primaria, 2.º ciclo Educación Infantil Integrada y Educación Especial Integrada | 651,67 |
1.º y 2.º cursos de ESO (Maestros) | 651,67 |
1.º y 2.º cursos de ESO (Licenciados) | 641,42 |
3.º y 4.º cursos de ESO, Formación Profesional de Grado Básico, Medio y Superior | 641,42 |
Bachillerato | 556,19 |
Centros Específicos de Educación Especial | 651,67 |
Centros Específicos de 2.º ciclo de Educación Infantil | 651,67 |
BOJA nº 59 de 25/03/2024