Resolución de 25 de marzo de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, sobre el depósito de la modificación de estatutos de la asociación empresarial que se cita.
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Resolución del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Organización de Productores de Aceite de Oliva y Aceituna de Mesa, en siglas Opracol-Córdoba, con número de depósito 71000058 (antiguo número de depósito A/49/2003).
Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000079.
La Asamblea General celebrada el 21 de junio de 2023 adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar el artículos 4 de los estatutos de esta asociación.
El certificado aparece suscrito por don José Luis Fuentes del Río como Secretario de actas con el visto bueno del Presidente don Miguel Fernández de Molina Latorre.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:
Primero. Admitir el depósito de la modificación de estatutos de la asociación empresarial denominada Organización de Productores de Aceite de Oliva y Aceituna de Mesa, en siglas Opracol-Córdoba, con número de depósito 71000058.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa; contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Secretaría General del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, o de conformidad con el artículo 15 del citado Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social, conforme a lo dispuesto en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 25 de marzo de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 63 de 02/04/2024