Orden de 29 de abril de 2024, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 3 de abril de 2023, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión (6501.2, 6501.4, 6503 y 6505.1), correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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Mediante Orden de 3 de abril de 2023, se efectuó la convocatoria para el año 2023 de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (BOJA número 68, de 12 de abril de 2023).
De conformidad con el apartado b) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, el Resuelvo Séptimo de la Orden de 3 de abril de 2023, dispone que el importe del crédito presupuestario para la convocatoria de 2023 asciende a 345.970.488,00 euros para las operaciones relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión.
Con posterioridad a la publicación del citado acto de convocatoria, se ha solicitado a la Comisión Europea una reprogramación del PEPAC 2023-2027 y se ha llevado a cabo un ajuste de los créditos disponibles en consideración a que el número de solicitudes recibidas en la convocatoria 2023 ha sido muy superior al previsto y la Consejería considera conveniente apoyar ciertas operaciones estratégicas, por lo que se hace necesario dictar la presente Orden al amparo de lo dispuesto en el apartado 2 del Resuelvo Sexto de la Orden de 3 de abril de 2023, sin que su publicación lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para las ayudas convocadas, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente, de conformidad con el apartado d) del artículo 10 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y en base a lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero. Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al aumento del crédito disponible inicialmente para la convocatoria 2023, y en virtud de lo establecido en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, fijar una cuantía adicional a la consignada en el Resuelvo Séptimo de la Orden de 3 de abril de 2023, por la que se efectuó la convocatoria para el año 2023 de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, por un importe de 130.603.550,66 euros, ascendiendo la cuantía total del crédito disponible para la citada convocatoria a 476.574.038,66 euros, con la siguiente distribución por partidas presupuestarias respecto a las operaciones cuya cuantía disponible resulta incrementada como consecuencia del aumento del crédito inicial de la convocatoria 2023:
Operación | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | Posición presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|
AND65012_01 HERBÁCEOS | 5.890.000,00 | 5.890.000,00 | 5.890.000,00 | 5.890.000,00 | 5.890.000,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650121A4 |
AND65012_02INVERNADEROS | 1.200.000,00 | 1.200.000,00 | 1.200.000,00 | 1.200.000,00 | 1.200.000,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650122A4 |
AND65012_05 CASTAÑO | 700.000,00 | 700.000,00 | 700.000,00 | 700.000,00 | 700.000,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650125A4 |
AND65014_01 APICULTURA | 6.199.488,00 | 6.199.488,00 | 6.199.488,00 | 6.199.488,00 | 6.199.488,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650141A4 |
AND6503_02 FRUTALES DE SECANO CONVERSIÓN | 2.485.652,33 | 2.485.652,33 | 2.485.652,33 | 0,00 | 0,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650302A4 |
AND6503_03 HERBÁCEOS CONVERSIÓN | 2.611.971,00 | 2.611.971,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650303A4 |
AND6503_08 OLIVAR CONVERSIÓN | 10.496.971,00 | 10.496.971,00 | 10.496.971,00 | 0,00 | 0,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650308A4 |
AND6503_11 FRUTALES DE SECANO MANTENIMIENTO | 10.528.797,90 | 10.528.797,90 | 10.528.797,00 | 12.723.766,44 | 12.723.766,44 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650311A4 |
AND6503_12 HERBÁCEOS MANTENIMIENTO | 4.335.143,04 | 4.335.143,04 | 6.806.054,34 | 6.806.054,34 | 6.806.054,34 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650312A4 |
AND6503_13 ARROZ MANTENIMIENTO | 100.000,00 | 100.000,00 | 253.492,16 | 253.492,16 | 253.492,16 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650313A4 |
AND6503_16 PASTOS MANTENIMIENTO | 8.181.688,33 | 8.181.688,33 | 18.924.346,35 | 18.924.346,35 | 18.924.346,35 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650316A4 |
AND6503_17 OLIVAR MANTENIMIENTO | 13.676.835,14 | 13.676.835,14 | 13.676.835,14 | 23.206.241,56 | 23.206.241,56 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650317A4 |
AND6503_18 APICULTURA MANTENIMIENTO | 209.064,00 | 316.978,03 | 316.978,03 | 316.978,03 | 316.978,03 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650318A4 |
AND65051_01 RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN BOVINO | 3.014.872,85 | 3.014.872,85 | 3.014.872,85 | 3.014.872,85 | 3.014.872,85 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650511A4 |
AND65051_02 RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN OVINO | 833.761,00 | 833.761,00 | 833.761,00 | 833.761,00 | 833.761,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650512A4 |
AND65051_03 RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN CAPRINO | 544.490,00 | 544.490,00 | 544.490,00 | 544.490,00 | 544.490,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650513A4 |
AND65051_04 RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN EQUINO | 125.242,00 | 125.242,00 | 125.242,00 | 125.242,00 | 125.242,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650514A4 |
AND65051_05 RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN ASNOS | 48.155,00 | 48.155,00 | 48.155,00 | 48.155,00 | 48.155,00 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650515A4 |
AND65051_06 RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN PORCINO | 33.636,94 | 33.636,94 | 33.636,94 | 33.636,94 | 33.636,94 | 1400110000 G/71F/77400/00 C4650516A4 |
La dotación presupuestaria para las actuaciones objeto de convocatoria quedará, en todo caso, condicionada a la aprobación por la Comisión Europea de la versión 3 del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 y a la disponibilidad presupuestaria existente.
Las intervenciones AND6503_13 arroz mantenimiento, AND6503_18 apicultura mantenimiento, AND65051_01 razas autóctonas en peligro de extinción bovino y AND65051_06 razas autóctonas en peligro de extinción porcino, están pendientes de una futura reprogramación, dado que la suma del gasto público total presentada en esta orden es superior al importe actualmente programado. Por tanto, el aumento de la convocatoria está condicionado a la aprobación de la futura reprogramación en la que se presente dicha modificación.
Segundo. Efectos. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todas aquellas solicitudes correspondientes a la campaña 2023.
Sevilla, 29 de abril de 2024
CARMEN CRESPO DÍAZ | |
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural |
BOJA nº 89 de 09/05/2024