Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Fondos Europeos al Desarrollo Rural Sostenible, por la que se delegan funciones del Organismo Pagador en la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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En el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, de 10 de agosto de 2015, se incluyen las operaciones 7.1.2 (Elaboración y actualización de planes de ordenación del territorio) y 7.6.2 (Puesta en valor del patrimonio paisajístico, territorial, cultural y natural a través de su protección, recuperación y/o adecuación como corredores ecológicos o para el uso público, así como iniciativas de sensibilización y difusión) designándose a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio como órgano gestor de las mismas.
Puesto que la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio no forma parte del Organismo Pagador de Andalucía, fue necesario recurrir a la delegación de la función de la autorización del pago propia del Organismo Pagador en virtud del artículo 7.1 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y del artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo de 2016.
En el BOJA núm. 2, de 4 de enero de 2023, se publica la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, que modifica la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Fondos Europeos al Desarrollo Rural Sostenible, por la que se delegan funciones del Organismo Pagador en la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Desde la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana se gestiona el Programa de Regeneración del Espacio Publico Urbano, que con fecha 28 de septiembre de 2023, fue informado favorablemente respecto a su elegibilidad por la Dirección General de Fondos Europeos.
Las actuaciones contempladas en el Programa de Regeneración del Espacio Publico Urbano de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio podrán ser desarrolladas y financiadas al amparo de la operación 7.4.2, Creación, mejora y ampliación de infraestructuras relacionadas con servicios básicos locales para el desarrollo rural, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (actualmente prorrogado hasta 2022), de 10 de agosto de 2015, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Visto lo anterior y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo de certificación,
RESUELVO
Primero. Modificar el resuelvo primero de la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Fondos Europeos al Desarrollo Rural Sostenible, por la que se delegan funciones del Organismo Pagador en la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que queda redactado en los siguiente términos:
Delegar en la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, la autorización y control de los pagos de las actuaciones contempladas en las operaciones 7.1.2 (Elaboración y actualización de planes de ordenación del territorio), 7.4.2 (Creación, mejora y ampliación de infraestructuras relacionadas con servicios básicos locales para el desarrollo rural) y 7.6.2 (Puesta en valor del patrimonio paisajístico, territorial, cultural y natural a través de su protección, recuperación y/o adecuación como corredores ecológicos o para el uso público, así como iniciativas de sensibilización y difusión) del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de mayo de 2024.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.
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