Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 22/05/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Extracto de la Orden de 24 de abril de 2024, por la que se convocan para 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.

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Número de identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 756645.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia no competitiva, subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.

Dichas subvenciones se concederán con cargo al crédito presupuestario consignado en la la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2024: 2100010000 G/12A/48200/00 01.

Segundo. Beneficiarios.

Las entidades que pueden solicitar las subvenciones y los requisitos que deben reunir son los establecidos en el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

Tercero. Objeto.

El objeto de la presente subvención es contribuir a la financiación de los gastos corrientes de las Organizaciones Sindicales legalmente constituidas que, tras las últimas elecciones sindicales, tengan presencia en los ámbitos del personal laboral perteneciente al convenio colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía en vigor y del Servicio Andaluz de Salud, así como del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes, aprobadas mediante Orden de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, de 11 de enero de 2023 (BOJA núm. 8, de 13 de enero).

Quinto. Cuantías.

Esta línea de subvenciones está dotada con la cuantía que se indica a continuación para la siguiente partida presupuestaria:

2100010000 G/12A/48200/00 01 500.000,00 €

Sexto. Formularios y acceso a la plataforma de presentación.

Se aprueban y publican a efectos informativos a la presente convocatoria los formularios de solicitud (Anexo I) y formulario de alegaciones, reformulación, aceptación y presentación de documentos (Anexo II) que se utilizarán en la tramitación de esta subvención, los cuales se cumplimentarán y presentarán telemáticamente en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía. Los formularios se podrán obtener en la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25265.html

De conformidad con el apartado 13 del cuadro resumen de las bases reguladoras, las entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de tramitación del mismo a través de la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25265.html#toc-c-mo-realizar-el-tr-mite

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo establecido en el apartado 11 del cuadro resumen de las bases reguladoras, el plazo de presentación se establecerá en la presente convocatoria. Dicho plazo será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Octavo. Otros datos.

De conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de estas subvenciones, los expedientes de esta convocatoria tendrán una tramitación exclusivamente telemática.

JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública
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