Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de un símbolo de identidad corporativa del Ayuntamiento de El Ejido (Almería).
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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley.
De acuerdo con lo establecido en el capítulo II de la mencionada ley, el Ayuntamiento de El Ejido (Almería) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de un símbolo de identidad, isotipo, como imagen corporativa, mediante un diseño de rebranding. De esa forma opta por actualizar su identidad corporativa, no sólo por una razón estética, sino por hacer una adaptación a los nuevos entornos digitales, la evolución de las propias técnicas, soportes y aplicaciones de comunicación.
Con fecha 11 de abril de 2025, el Pleno del Ayuntamiento de El Ejido acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la adopción definitiva del mencionado símbolo, con la siguiente descripción:
Símbolo de identidad corporativa:
El isotipo de imagen está en consonancia con heráldica local, modificada mediante un rediseño de identidad (rebranding), pero que mantiene la simbología básica, a la cual se aplica de manera uniforme el esmalte azul como color primigenio del Escudo de Armas, identificado en la escala internacional CIELAB como 2935/100-47-0-0 CMYK, tal y como se refleja en la imagen que figura en el expediente.
Consiste en un escudo de un solo cuartel: Todo de azur; en abismo, un templo tetrástilo romano simplificado; en punta tres ondas; y en jefe la leyenda MVRGI. Al timbre la corona real de España, esquematizada; un circulo abierto, engastado de cinco piedras preciosas; sobre ellas cinco diademas que convergen en un orbe, sumado de una cruz. A la siniestra, la identidad de la institución, con las leyendas en perpendicular, EL EJIDO y, bajo esta, AYUNTAMIENTO.
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 7 de mayo de 2025, se solicitó por esa entidad local la inscripción del rebranding corporativo en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 de la expresada ley, en base al cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido registro.
Examinada la solicitud, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.
Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la mencionada Orden de 17 de septiembre de 2010, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del símbolo de identidad corporativa del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), con la descripción indicada y con la imagen que obran en el expediente.
Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 5 de junio de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
Descargar PDFBOJA nº 111 de 12/06/2025