Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 04/07/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Iznatoraf (Jaén). (PP. 786/2025).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones con las Corporaciones Locales, en fecha 28 de marzo de 2025, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Iznatoraf (Jaén), que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El resto de previsiones de la Ordenanza omitidas en la relación siguiente, que por su naturaleza jurídica no se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 365/2009, se regirán por lo dispuesto en la citada ordenanza municipal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de abastecimiento de agua del Ayuntamiento de Iznatoraf (Jaén).

TARIFAS AUTORIZADAS

(I.V.A. excluido)

a) Cuota fija o de servicio.

Calibre (mm) €/abonado/trimestre
Cuota única 5,03

b) Cota variable o de consumo.

b.1) Uso doméstico:

Bloque M3/trimestre Euros/m3
1.º bloque Hasta 18 m3/trimestre 0,78
2.º bloque Más de 18 hasta 30 m3/trimestre 1,23
3.º bloque Más de 30 hasta 48 m3/trimestre 1,75
4.º bloque Más de 48 m3/trimestre 2,80

b.2) Uso industrial y comercial:

Bloque M3/trimestre Euros/m3
1.º bloque Hasta 30 m3/trimestre 1,23
2.º bloque Más de 30 m3/trimestre 1,84

b.3) Otros usos:

Bloque M3/trimestre Euros/m3
1.º bloque Hasta 30 m3/trimestre 1,55
2.º bloque Más de 30 m3/trimestre 2,13

b.4) Centros oficiales:

Bloque M3/trimestre Euros/m3
Cuota única 1,40

b.5) Bonificado por avería interior:

Bloque M3/trimestre Euros/m3
Cuota única 1,23

c) Cuota de contratación.

Diámetro 
(d/mm) Cc (euros)
Uso doméstico
Cc (euros)
Uso ind./com.
Cc (euros)
Otros usos
Cc (euros)
Uso org. ofi.
Hasta 15 mm 66,40 97,23 122,53 110,68
20 mm 79,03 108,95 134,25 122,40
25 mm 91,65 120,67 145,97 134,11
30 mm 104,27 132,39 157,69 145,83
40 mm 129,51 155,83 181,13 169,27
50 mm 154,75 179,27 204,57 192,71

d) Fianza.

Calibre (mm) Fianza (euros)
Hasta 15 60,36
20 80,48
25 100,60
30 120,72
40 160,96
50 o más 201,20

Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por la entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de marzo de 2025.- La Dirección General, P.S. (Orden de la CEHYFE  de 25.2.2025); el Secretario General de Hacienda, Manuel Vázquez Martín.

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