Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 15 de enero de 2025, conjunta de la Dirección General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía y de la Dirección General de Contratación de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se concretan los procedimientos modelados en el Sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

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La Junta de Andalucía lleva tiempo trabajando en la implantación de la estrategia corporativa de contratación electrónica, consciente de que el ámbito de la contratación dentro de la actuación pública es estratégico en la aplicación de los medios electrónicos, dado que permite obtener rendimientos mesurables en términos económicos y de gestión tanto para la Administración como para los operadores económicos.

Esta estrategia ha permitido dotar a la Administración andaluza de un Portal de Contratación, integrado en el Portal de la Junta de Andalucía, nodo central de información y punto de encuentro virtual entre todos los intervinientes en los procedimientos de contratación pública; de una Plataforma de Contratación que permite consultar la información y los expedientes de licitación de los perfiles de contratante de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales; un tramitador electrónico de expedientes de contratación integrado, entre otros, con el sistema contable; un Registro de Licitadores; un Registro oficial de contratos; y un sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

La normativa básica, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP, establece los medios electrónicos como exclusivos a los efectos de presentación de las ofertas y práctica de notificaciones y comunicaciones derivadas de los procedimientos regulados en la misma, sin perjuicio de la posibilidad de admitir otros distintos cuando concurrieran las circunstancias excepcionales previstas en la disposición adicional decimoquinta de la propia ley. En este marco, el Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), aprobó, en su artículo 40, la implantación del sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC), que garantiza la confidencialidad, integridad y no repudio de las comunicaciones, y creó el Portal de la Licitación Electrónica, como portal de los previstos en el artículo 14.3.b) del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

El artículo 41 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, establece que los órganos de contratación de las entidades del sector público andaluz cuyos perfiles de contratante estén alojados en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de Andalucía gestionarán obligatoriamente las relaciones electrónicas en materia de contratación que mantengan con los operadores económicos que tengan capacidad para contratar, en el ámbito de los procedimientos de contratación modelados en el sistema de información, a través de SiREC.

Mediante Resolución de 22 de mayo de 2020, conjunta de la Dirección General de Transformación Digital y de la Dirección General de Patrimonio, se concretaron los procedimientos modelados en el Sistema SiREC, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición final decimoctava del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo.

En virtud de lo expuesto anteriormente, atendiendo a la evolución realizada del sistema y su ampliación funcional, en aras del principio de seguridad jurídica y en virtud de las competencias otorgadas en el Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, y el Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, la Dirección General de Estrategia Digital y la Dirección General de Contratación

RESUELVEN

Primero. Procedimientos modelados en el sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

Será obligatorio el uso del sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC) para los órganos de contratación de las entidades del sector público andaluz indicadas en el artículo 41.1 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, cuyos perfiles de contratante estén alojados en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la gestión de las relaciones electrónicas en materia de contratación que mantengan con los operadores económicos en el ámbito de los siguientes procedimientos de contratación que se encuentran modelados en el sistema:

a) Abierto (artículo 156 y ss. LCSP).

b) Abierto simplificado ordinario (artículo 159 LCSP).

c) Abierto simplificado abreviado (artículo 159.6 LCSP).

d) Restringido (artículo 160 y ss. LCSP).

e) Licitación con negociación (artículo 166 y ss. LCSP).

f) Negociado sin publicidad (artículo 168 y ss. LCSP).

g) Contratos menores en los que se promueva la concurrencia mediante invitación o publicación (artículo 118 LCSP).

En el caso de que para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos se acuda a los sistemas de racionalización técnica de la contratación, será obligatorio el uso del sistema SiREC cuando se utilice la figura de los acuerdos marco, así como en sus contratos basados.

Segundo. Excepciones a la obligación del uso del sistema.

Cuando concurran circunstancias técnicas excepcionales debidamente motivadas y acreditadas, de conformidad con lo dispuesto por la disposición transitoria octava del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, podrá excepcionarse la tramitación a través de SiREC mediante Resolución conjunta de las Direcciones Generales con competencias en materia de estrategia digital y en materia de coordinación de la contratación del sector público andaluz.

Estas resoluciones serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

Los órganos de contratación deben indicar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rijan sus licitaciones o en los documentos descriptivos que sustituyan a estos, que el uso del sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC) por parte de las personas licitadoras, adjudicatarias y contratistas es preceptivo, lo que supone la obligación de estar registradas en el sistema SiREC-Portal de licitación electrónica. Asimismo, se debe aclarar que en el caso de que deseen concurrir agrupadas en unión temporal todas las personas licitadoras deben estar registradas previamente.

De igual modo, deben señalar que ello requiere el alta de la persona usuaria en una dirección electrónica habilitada de la Junta de Andalucía para la práctica de las notificaciones electrónicas que deriven de los procedimientos de adjudicación, así como indicar la información de la ubicación del Manual de servicios de licitación electrónica que detalla su uso; todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo.

Cuarto. Pérdida de eficacia de Resolución de 22 de mayo de 2020.

Queda sin efecto la Resolución de 22 de mayo de 2020, conjunta de la Dirección General de Transformación Digital y de la Dirección General de Patrimonio, por la que se concretan los procedimientos modelados en el Sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

Quinto. Publicación.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Efectos de la resolución.

La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de enero de 2025.- La Directora General de Estrategia Digital, María Gema Pérez Naranjo; el Director General de Contratación, Alejandro Torres Ridruejo.

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