Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 06/11/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales la bandera del municipio de Canillas de Albaida (Málaga).

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Expte: 2025/333/SIM.

La Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a sus prescripciones.

En su artículo 17 se establece que, una vez aprobada la adopción del símbolo, se debe solicitar su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales (RAEL en adelante).

A tal efecto, el municipio de Canillas de Albaida (Málaga) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo del título I de la mencionada ley, y ha presentado la correspondiente solicitud de inscripción en el RAEL, mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 16.9.2025.

De la documentación presentada se deriva que, con fecha 2.10.2025, el Pleno del Ayuntamiento de Canillas de Albaida (Málaga), acordó por unanimidad la aprobación definitiva de su bandera con la siguiente descripción:

Bandera:

Bandera rectangular de proporciones 3:2 (largo por ancho), de color verde con una franja diagonal amarilla de ancho 10/28 del de la bandera, que va desde la parte superior del asta a la inferior del batiente con el escudo heráldico municipal en el centro.

Visto lo establecido en el artículo 17 de la referida Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, esta Secretaría General, en ejercicio de las competencias que tiene asignadas,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción de la bandera del municipio de Canillas de Albaida (Málaga) en el Registro Andaluz de Entidades Locales, con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar en consecuencia la correspondiente inscripción registral del Municipio de Canillas de Albaida (Málaga) en el mencionado registro (código RAEL JA01290347), para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de octubre de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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