Acuerdo de 26 de noviembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso académico 2025/2026.
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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 53, establece las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de universidades y le atribuye la competencia compartida para la implantación y la supresión de enseñanzas universitarias.
Sobre esta base, el artículo 5.1.b) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, atribuye a ésta la competencia relativa a la «Elaboración de las propuestas de implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional».
Por otro lado, el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la autorización de la implantación de éste por la indicada Comunidad Autónoma.
Asimismo, en el artículo 9.1 de la citada ley orgánica, establece que las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado. El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, fija las directrices, condiciones y los procedimientos de aseguramiento de la calidad de los planes de estudios, cuya superación permite la obtención de títulos universitarios oficiales con validez en todo el territorio nacional. Dichos procedimientos se concretan en la verificación del plan de estudios como requisito para la acreditación inicial del título. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma, se procederá a la inscripción del título en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Además, las enseñanzas de doctorado se regulan de forma específica en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, en cuyo artículo 10 se dispone que los programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por la correspondiente Comunidad Autónoma.
Por su parte, en el marco del ordenamiento autonómico andaluz, el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, atribuye al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la competencia para autorizar la implantación y supresión de enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que se impartirán en las Universidades de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Igualmente, el artículo 16 del Decreto 154/2023, de 27 de junio, de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía regula en el marco de los procedimientos para la ordenación de las enseñanzas universitarias, el correspondiente a la autorización de implantación y, en su caso, modificación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales.
Con fecha de 23 de julio de 2025, se dictó Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se autorizó la implantación y supresión de enseñanzas universitarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso académico 2025/2026.
Posteriormente, mediante Acuerdo de 17 de septiembre de 2025, el Consejo de Gobierno autorizó la implantación de otras enseñanzas que no pudieron ser incluidas en el anterior por no haberse recibido, en la fecha en que fue aprobado, las resoluciones de verificación de los planes de estudios del Consejo de Universidades, que fueron emitidas con fecha 9 de septiembre de 2025.
En la misma sesión, el Consejo de Universidades emitió también las resoluciones de verificación de dos Programas de Doctorado, que se recibieron después de este segundo acuerdo, por lo que no pudieron ser incorporados al mismo.
Recientemente, se ha recibido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades de un Máster Universitario «Erasmus Mundus» en el que participa la Universidad de Sevilla, título para el que se solicitó autorización el 18 de julio de 2025, acogiéndose a la excepción regulada en el artículo 16.3.a) del citado Decreto 154/2023, de 27 de junio. A esta misma excepción se acogió la Universidad de Granada para solicitar, con fecha 30 de septiembre de 2025, la autorización de implantación de un Programa de Doctorado en el que participa con otras universidades españolas.
Por todo ello, mediante este nuevo acuerdo se autorizan y se suprimen, a partir del curso 2025/2026, las enseñanzas universitarias que se relacionan en el anexo al presente acuerdo, por cada universidad.
Es de destacar que la Orden de 7 de mayo de 2024, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueba la Programación Universitaria de la Junta de Andalucía para el período 2025-2028, estableció el marco para el ámbito temporal conforme al cual se habrán de autorizar las enseñanzas universitarias.
El presente acuerdo toma en consideración la perspectiva de género, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Por todo ello, mediante este acuerdo se da cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, y en el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades. Igualmente, se da cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, y a lo dispuesto en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, al autorizar en las universidades de Andalucía la implantación de nuevas enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado. Todo ello, teniendo en cuenta que el proceso de implantación de nuevos títulos debe permitir el diseño de una oferta global con un eficiente aprovechamiento de los recursos para la mejora de la calidad del Sistema Universitario Andaluz.
Finalmente, este acuerdo forma parte del cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud del Pacto Social y Económico por el impulso de Andalucía, suscrito el 13 de marzo de 2023 por el Gobierno andaluz y los representantes de las asociaciones empresariales y sindicales de mayor implantación en la Comunidad Autónoma, concretamente de la medida «Detectar las necesidades y demandas futuras de profesionales, a fin de adecuar a las mismas las ofertas de titulaciones universitarias».
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, con informe favorable del Consejo Andaluz de Universidades y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de 2025,
ACUERDO
Primero. Enseñanzas objeto de autorización.
1. Se autoriza, a solicitud de las correspondientes universidades, la implantación de las nuevas enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, correspondientes a los ciclos de Máster y Doctorado, a partir del curso 2025/2026, que se señalan en el anexo.
2. Las enseñanzas habrán de ser impartidas en los centros que se indican en el anexo.
Segundo. Enseñanzas objeto de supresión.
1. Se autoriza, a propuesta de las correspondientes universidades, la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional correspondientes a los Programas de Doctorado, a partir del curso 2025/2026, que se incorporan en el anexo.
2. Las universidades deberán garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen.
Tercero. Publicación de la oferta completa de enseñanzas autorizadas en las universidades que conforman el Sistema Universitario Andaluz.
La oferta completa de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional correspondientes a los ciclos de Grado, Máster y Doctorado, de las universidades de Andalucía, autorizadas para el curso académico 2025/2026, estará disponible en el punto de acceso electrónico
https://juntadeandalucia.es/organismos/universidadinvestigacioneinnovacion/areas/universidad/titulaciones/paginas/catalogo-titulaciones-universitarias.html
Cuarto. Comunicación a la Conferencia General de Política Universitaria.
De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 58.1.c) del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, se informará del presente acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.
Quinto. Régimen de recursos.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o interponer, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sexto. Desarrollo y ejecución.
Se habilita al Consejero de Universidad, Investigación e Innovación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Séptimo. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de noviembre de 2025
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía | |
| JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS | |
| Consejero de Universidad, Investigación e Innovación |
ANEXO
Universidad de Granada
| NUEVAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO | ||
|---|---|---|
| TÍTULO | CÓDIGO TÍTULO | CENTRO |
| Programa de Doctorado en Arquitectura por la Universidad de Granada, la Universidad de Málaga y la Universidad de Sevilla (Coordinadora) | 5601638 | Escuela de Doctorado de Ciencias, Tecnologías e Ingenierías |
| Programa de Doctorado en Criminología por la Universidad de Castilla-La Mancha; la Universidad de Granada; la Universidad de Murcia (Coordinadora) y la Universidad Miguel Hernández de Elche | 5601538 | Escuela de Doctorado de Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas |
| ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO SUPRIMIDAS | ||
|---|---|---|
| TÍTULO | CÓDIGO TÍTULO | CENTRO |
| Programa de Doctorado en Criminología por la Universidad de Granada, la Universidad de Murcia y la Universidad Miguel Hernández de Elche | 5600358 | Escuela de Doctorado de Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas |
Universidad de Málaga
| NUEVAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO | ||
|---|---|---|
| TÍTULO | CÓDIGO TÍTULO | CENTRO |
| Programa de Doctorado en Arquitectura por la Universidad de Granada, la Universidad de Málaga y la Universidad de Sevilla (Coordinadora) | 5601638 | Escuela de Doctorado |
| Programa de Doctorado en Estudios Sociales y del Trabajo por la Universidad de Málaga | 5601602 | Escuela de Doctorado |
Universidad de Sevilla
| NUEVAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER Y DOCTORADO | ||
|---|---|---|
| TÍTULO | CÓDIGO TÍTULO | CENTRO |
| Máster Universitario Erasmus Mundus en Biología del Envejecimiento/Erasmus Mundus Master in Biology of Ageing por la Universidad de Sevilla; Sorbonne Université; Universidade de Coimbra; Universität Zu Köln y Université Côte d’Azur | 3501134 | Escuela Internacional de Posgrado |
| Programa de Doctorado en Arquitectura por la Universidad de Granada, la Universidad de Málaga y la Universidad de Sevilla (Coordinadora) | 5601638 | Escuela Internacional de Doctorado |
| ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO SUPRIMIDAS | ||
|---|---|---|
| TÍTULO | CÓDIGO TÍTULO | CENTRO |
| Programa de Doctorado en Arquitectura por la Universidad de Sevilla | 5600429 | Escuela Internacional de Doctorado |
BOJA nº 232 de 02/12/2025