Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 02/12/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Andalucía Exterior

Resolución de 24 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de Unidades de Gestión Turística Integrada en los Pueblos Blancos de la Sierra de Cádiz, en el marco del Programa Andalucía FEDER 2021-2027, en el Objetivo Específico RSO4.6.

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Con fecha 20 de noviembre de 2025, la persona titular de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, acordó iniciar la tramitación del procedimiento de elaboración del proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de Unidades de Gestión Turística Integrada en los Pueblos Blancos de la Sierra de Cádiz, en el marco del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, Objetivo Específico RSO4.6.

En dicho acuerdo de inicio se determinó la tramitación del expediente por el procedimiento de urgencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1 del  Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta declaración de urgencia obedece a la necesidad imperiosa de ejecutar los créditos asignados al Programa Operativo FEDER dentro de los marcos temporales de elegibilidad establecidos por la normativa comunitaria.

En este contexto, considerando que el contenido del proyecto normativo puede afectar a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, y que conlleva la ejecución de inversiones físicas en edificios de uso público, resulta conveniente y necesario que el texto se someta a la mayor difusión posible. El objetivo es garantizar que la ciudadanía conozca el alcance de las actuaciones subvencionables y puedan formular las observaciones y aportaciones que estime oportunas para enriquecer la norma.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por ello, y de conformidad con lo previsto en el art. 45 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública, por un plazo de siete días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el proyecto de orden citado, con la finalidad de que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo estimen, formulen las alegaciones y aportaciones oportunas.

Segundo. El texto del proyecto de Orden quedará expuesto, durante dicho plazo, para su general conocimiento en formato digital, en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/627244.html

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de Orden deberán dirigirse a la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería, haciendo constar el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos en el caso de personas físicas, o la denominación social y el Número de Identificación Fiscal en el caso de personas jurídicas.

Dichas alegaciones podrán presentarse:

a) Preferentemente, en formato digital y abierto en la siguiente dirección de correo electrónico: fomentoturismo.ctae@juntadeandalucia.es, rogando que en el asunto del correo indique «Alegaciones Pueblos Blancos».

b) Mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento y efectos.

Sevilla, 24 de noviembre de 2025.- La Directora General, Gemma Parra del Corral.

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