Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 18 de diciembre de 2025, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público complementaria del Personal Docente e Investigador para el año 2025.
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La Oferta de Empleo Público complementaria de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva para el año 2025, fue aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2025.
La misma se realiza de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogados para 2024 y 2025. Al menos un 15% de esas plazas deben reservarse para la incorporación de Personal Investigador Doctor que haya obtenido el certificado I3, Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (artículo 22 bis, punto 3, modificado por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre).
Conforme a la normativa anterior, la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 120% en los sectores prioritarios y del 110% de tasa en todos los sectores.
El artículo 20.Uno.3) de la citada ley establece que se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición: «Plazas de los Cuerpos de Catedráticas/os y de Profesoras/es Titulares de Universidad, Profesoras y Profesoras/es Permanentes Laborales, regulados en el artículo 68 y 82 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan autoricen las correspondientes convocatorias».
De acuerdo con los datos proporcionados sobre las bajas y altas producidas en esos colectivos en 2024, y según lo dispuesto en el artículo 20.Uno.7, la tasa de reposición correspondiente al Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva para 2025 sería hasta un máximo de 44 plazas.
Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la ley, tras la aprobación de la Oferta de Empleo Público complementaria del Personal Docente e Investigador para el año 2025, por acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, 18 de diciembre de 2025, y efectuada negociación con los órganos de representación del Personal Docente e Investigador, ha resuelto:
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público complementaria del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva para el año 2025, aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno 18 de diciembre de 2025, según anexo que se acompaña.
Segundo. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, del total de las 10 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria de PDI se reserva un mínimo del 10%, y dentro de este, de la reserva de plazas para personas con discapacidad intelectual (2%) y con enfermedad mental (1%). Por tanto, el cupo de reserva global para personas con discapacidad es de 1 plazas (10% de 10).
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las convocatorias para cubrir las plazas anunciadas se realizarán mediante resolución del Rector que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se ejecutará dentro del plazo máximo establecido.
Cuarto. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar los principios rectores en materia de acceso al empleo público establecidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y se desarrollarán conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del mencionado real decreto legislativo.
Quinto. El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva ha acordado ceder al colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios parte de la tasa de reposición correspondiente al colectivo del Personal Docente e Investigador, que asciende a 10 efectivos, cesión regulada en el artículo 20.cuatro.1 de la Ley de PGE de 2023 prorrogados para 2024 y 2025, donde se indica que la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva (artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Huelva, 18 de diciembre de 2025.- El Rector, José Rodríguez Quintero.
ANEXO
| Cuerpo | Subgrupo | Plazas*** |
|---|---|---|
| Profesoras y Profesores Titular de Universidad (*) | A1 | 3 |
| Catedráticas/os de Universidad (**) | A1 | 3 |
| Profesoras y Profesores Permanentes Laborales | I | 4 |
* Plazas en aplicación de la tasa de reposición que establece la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2025.
** Plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.
***En virtud del art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, del total de las 10 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria de PDI se reserva un mínimo del 10%, y dentro de éste, de la reserva de plazas para personas con discapacidad intelectual (2%) y con enfermedad mental (1%). Por tanto, el cupo de reserva global para personas con discapacidad es una plaza correspondiente al cuerpo de Profesoras y Profesores Titular de Universidad. Asimismo, de conformidad con lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2025, se reserva 1 plaza para Personas Investigador Doctor que haya obtenido el certificado I3.
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