Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 13/03/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se desiste de la convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de las especialidades de Lengua extranjera – Inglés (00597032), Educación Primaria (00597038) y Educación Primaria – Inglés (11597038) del Cuerpo de Maestros convocadas por Resolución de 25 de enero de 2021.

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La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional dicta la presente resolución en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, establece en el artículo 22 que la Consejería competente en materia de educación realizará convocatorias extraordinarias para el acceso a las bolsas de trabajo cuando se prevea que estas no cuentan con personal suficiente para la atención del servicio educativo.

Mediante Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la entonces Consejería de Educación y Deporte, se realiza convocatoria para la selección de personal para formar parte de las bolsas de trabajo del Cuerpo de Maestros en centros docentes públicos dependientes de esta Consejería en las especialidades que se relacionan a continuación:

CÓDIGO ESPECIALIDAD CÓDIGO ESPECIALIDAD
00597032 Lengua extranjera - Inglés 11597035 Música - Inglés
00597033 Lengua extranjera - Francés 00597037 Audición y lenguaje
00597034 Educación Física 00597038 Educación Primaria
10597034 Educación Física - Francés 11597038 Educación Primaria - Inglés
12597034 Educación Física - Alemán 12597038 Educación Primaria - Alemán
00597035 Música 00597039 Lengua extranjera - Alemán

Segundo. Mediante distintas resoluciones fueron publicadas las listas del personal admitido y excluido en las bolsas de trabajo correspondientes a las especialidades que inicialmente estaban más necesitadas de personal, quedando pendiente de resolución las especialidades de Lengua extranjera – Inglés (00597032), Educación Primaria (00597038) y Educación Primaria – Inglés (11597038):

• Por Resolución de 26 de mayo de 2021, fueron publicadas las listas del personal admitido y excluido correspondientes a las especialidades de Lengua extranjera - Alemán, Educación Primaria - Alemán y Educación física - Alemán del Cuerpo de Maestros.

• Por Resolución de 10 de mayo de 2022, fueron publicadas las listas del personal admitido y excluido correspondientes a las especialidades de Educación física, Música, Educación física (Francés) y Música (Inglés) del Cuerpo de Maestros.

• Por Resolución de 21 de octubre de 2022, fueron publicadas las listas del personal admitido y excluido correspondientes a las especialidades de Lengua extranjera - Francés y Audición y lenguaje del Cuerpo de Maestros.

Tercero. Con posterioridad a la convocatoria extraordinaria convocada por Resolución de 25 de enero de 2021, se han sucedido tres procedimientos selectivos para las especialidades referidas, convocados por las siguientes órdenes:

• Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

• Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.

• Orden de 12 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.

La superación de una o varias pruebas en alguno de estos procedimientos selectivos, sin haber sido seleccionado, dan acceso de forma ordinaria a las bolsas de trabajo docentes de las especialidades convocadas así como a sus puestos asociados para las que se exijan requisitos específicos, siempre que reúna además dichos requisitos, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.

Los procesos selectivos antes relacionados han generado un incremento de personal en las bolsas de las especialidades pendientes de resolución, de manera que en la actualidad no resulta necesaria la incorporación de nuevos aspirantes para garantizar la adecuada cobertura del servicio educativo en los centros. La resolución de dichas bolsas implicaría una carga administrativa innecesaria, dándose el caso, además, de que muchos de los solicitantes ya han accedido por la vía ordinaria a estas bolsas o son ya funcionarios de carrera.

Por otra parte, la resolución de esta convocatoria generaría, además, expectativas infundadas entre los posibles nuevos integrantes, que pasarían al final de los listados de las bolsas de las especialidades referidas, toda vez que en los últimos cursos escolares alrededor de la mitad de los aspirantes que ya integran las mismas no han obtenido nombramiento en un puesto de trabajo para sustituciones o vacantes.

Teniendo en consideración los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos es competente para dictar la presente resolución, al amparo de lo dispuesto en los artículos 30 y 112 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Segundo. Resulta de aplicación a la presente resolución:

• La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.

• La Orden de 10 de junio de 2020, que regula los procedimientos de provisión de puestos de trabajo docentes, y las bases aplicables al personal integrante de las bolsas de trabajo.

Tercero. El artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que:

«1. Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.

2. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso».

Cuarto. El artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas refiere que «En los procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes».

En el presente caso, la Administración considera que, tras la publicación de las listas de las especialidades ya resueltas, el mantenimiento de la convocatoria para las especialidades mencionadas en el apartado segundo de los “Antecedentes de hecho” no se justifica por razones de interés público, debido a que las bolsas de trabajo existentes son suficientes para cubrir las necesidades de personal docente y la continuación del proceso implicaría una carga administrativa innecesaria.

La Orden de 10 de junio de 2020, en su artículo 39.1, establece que se podrán realizar convocatorias extraordinarias cuando se prevea que las bolsas no cuentan con personal suficiente. Al no darse esta circunstancia, se justifica el desistimiento del procedimiento.

En consecuencia, a tenor de lo expuesto, esta Dirección General, en el ejercicio de las atribuciones que le han sido conferidas por el Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,

RESUELVE

Desistir del procedimiento convocado por Resolución de 25 de enero de 2021, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Maestros en centros docentes públicos dependientes de esta Consejería, así como a determinadas bolsas con perfil bilingüe, en lo que se refiere a las especialidades de Lengua extranjera – Inglés (00597032), Educación Primaria (00597038) y Educación Primaria – Inglés (11597038).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante este órgano, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo  115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de marzo de 2025.- El Director General, Carlos Muñoz Morales.

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