La Junta
Consejo de Gobierno
Resolución de 29 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, relativa a la suplencia temporal de la persona titular del Departamento de Aplicación de los Tributos durante el periodo de vacaciones estivales.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00340130.
El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que «Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquéllos. En los supuestos previstos en el apartado anterior, si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa».
Visto el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, procede establecer el régimen de suplencia adecuado durante el periodo vacacional de la persona titular del Departamento de Aplicación de los Tributos de la Agencia Tributaria de Andalucía.
De acuerdo con lo anteriormente expresado,
DISPONGO
Primero. Designar suplente de la persona titular del Departamento de Aplicación de los Tributos a:
a) La persona titular de la Subdirección de Coordinación y Relaciones Institucionales durante el período comprendido del 28 al 31 de julio de 2026, ambos incluidos.
b) La persona titular del Departamento de Organización y Gestión de Recursos durante el período comprendido del 3 de agosto al 10 de agosto de 2026, ambos incluidos y del 20 de agosto al 1 de septiembre 2026, ambos incluidos.
Segundo. Lo previsto en esta resolución no impedirá la persona titular del Departamento de Aplicación de los Tributos pueda ejercer sus competencias a través de medios electrónicos.
Tercero. Siempre que se ejerzan competencias con base en la suplencia establecida en esta resolución, deberá hacerse constar así en los actos o resoluciones administrativas correspondientes.
Cuarto. La presente suplencia no implicará alteración alguna de las competencias atribuidas a la persona titular del Departamento de Aplicación de los Tributos.
Sevilla, 29 de junio de 2026.- El Director, José Francisco Parra Soler.
Descargar PDFBOJA nº 128 de 06/07/2026
Disposición anterior
Disposición siguiente