Resolución de 11 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Deporte de Competición y Promoción Deportiva, por la que se establece el trámite de audiencia e información pública del proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades locales para la puesta en funcionamiento del Plan Andalucía en Forma (A+F).
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En relación con el procedimiento de elaboración de la disposición de carácter general de la orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades locales para la puesta en funcionamiento del Plan Andalucía en forma (A+F), por este órgano directivo se considera conveniente el sometimiento del proyecto al trámite de audiencia, a través de las entidades y organizaciones que representan sus intereses, para que puedan exponer su parecer razonado y realizar las alegaciones que estimen pertinentes.
En lo que se refiere a la tramitación de esta norma, el artículo 45.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula el procedimiento de elaboración de los reglamentos, disponiendo el apartado c) que a lo largo del proceso de elaboración de los reglamentos deberán recabarse, además de los informes, dictámenes y aprobaciones preceptivos, cuantos estudios y consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la disposición, y el apartado d) del citado artículo establece un trámite de audiencia a la ciudadanía para las disposiciones que afecten a sus derechos e intereses legítimos, bien directamente, bien a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que las agrupen o representen y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. Asimismo, el citado apartado establece que la disposición será sometida a información pública, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho.
Por esta Dirección General se estima la necesidad del cumplimiento del trámite de audiencia a la ciudadanía, toda vez que el referido proyecto de orden se dirige a las Entidades Locales de Andalucía, y está relacionado con la prestación por estas de un servicio a la ciudadanía, por lo que se considera justificada la realización del referido trámite de audiencia, de acuerdo con lo previsto en el previsto en el segundo párrafo del artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.
Por todo lo anterior y habiéndose firmado el acuerdo de inicio del proyecto de orden,
RESUELVO
1. La apertura del trámite de audiencia a la ciudadanía que se establece en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, concediéndose a tales efectos un plazo de 15 días hábiles, a las siguientes organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupan o representan y cuyos fines o determinados fines guardan relación directa con el objeto de la disposición:
- El Servicio Andaluz de Salud (SAS).
- El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales (CAGL).
- El Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física de Andalucía (COLEF-A).
2. Someter al trámite de información pública la citada disposición, mediante la publicación de la correspondiente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en el Portal de la Junta de Andalucía, fomentando la participación de la ciudadanía por cualquier medio admisible en derecho, por un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para general conocimiento en formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/683038.html
La documentación del procedimiento de elaboración de la disposición se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Deporte de Competición y Promoción Deportiva de la Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte, y se podrán presentar escritos en formato electrónico a la dirección de correo electrónica: dgsvd.ccd@juntadeandalucia.es
Sevilla, 11 de septiembre de 2026.- La Directora General, María de la O Rus Rufino.
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