La Junta
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Orden de 15 de septiembre de 2026, por la que se concede la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Intergeneracional» de Dos Hermanas (Sevilla). (PP. 1805/2026).
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Examinado el expediente incoado a instancia de don Andrés Rodríguez González, como representante de Ogara Sociedad Cooperativa Andaluza (anteriormente denominada Macrosad, S. Coop. And.), entidad titular del centro de educación infantil «Intergeneracional», en solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento del mismo con 5 unidades del primer ciclo de educación infantil.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Intergeneracional», promovida por Ogara Sociedad Cooperativa Andaluza, entidad titular del mismo, con código 41024011, ubicado en Ronda de Adolfo Suárez, 56, de Dos Hermanas (Sevilla), quedando configurado con 5 unidades de primer ciclo para 74 puestos escolares.
Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 76/2025, de 5 de marzo, la autorización a la que se refiere la presente Orden tendrá efectos jurídicos y administrativos a partir del día siguiente al de su notificación.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de septiembre de 2026
| MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
| Consejera de Educación |
BOJA nº 187 de 25/09/2026
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